La normativa urbanística impide poder construir sobre el solar que ocupa el Banco de España. El edificio sólo puede utilizarse para uso público y nunca para hacer viviendas. El plan de urbanismo ofrece distintas posibilidades para los inmuebles catalogados de esta forma, que pueden ser destinados a un hotel, un colegio, una biblioteca, una iglesia, un local deportivo, un centro administrativo, un museo o un teatro, una residencia sanitaria y un casino, entre otros.

Asimismo, la ley impide edificar más plantas --ahora tiene cuatro-- a pesar de que está rodeado de bloques de viviendas de ocho, nueve y diez alturas. El Banco de España, a diferencia de lo ocurrido con el chalet de los Málaga, que la Junta declaró bien de interés cultural con la categoría de monumento, no está catalogado y carece de una protección que imposibilite su derribo o demolición, al igual que la sede de la Seguridad Social o la antigua escuela de Magisterio.