La pesca estuvo considerada como una de las grandes actividades de la economía en la Edad Media. El oficio de pescador se fortaleció en el transcurso del tiempo, su oficio en el marco de las instituciones gremiales y su actividad fue escrupulosamente regulada. El mandamiento del ayuno y de la abstinencia que promovía la Iglesia, sobre todo en la Cuaresma, obligaba al consumo del pescado, por lo que alcanzó un gran desarrollo.

La pesca se asimiló a la caza y ambas eran practicadas por los hombres ya que las mujeres y niños se dedicaban más a las tareas agrícolas de la siembra y recolección de los productos agrarios. La pesca, al igual que la caza, estaba dirigida a satisfacer las necesidades alimenticias, pero el incremento de la producción hizo nacer un comercio floreciente.

En la Edad Media era imposible transportar pescado fresco, solo en los lugares de pesca y en las zonas costeras se podía consumir. En el interior se obtenía en las aguas dulces y la sal se convirtió en una materia prima fundamental para la conservación del pescado. Dicha sal era gravada con pesados impuestos, dando lugar a comercios clandestinos de la misma.

Normalmente los pescados en el medievo una vez atrapados eran cortados, secados al sol o ahumados para así poderlos conservar y transportarlos de unos lugares a otros para venderlos en las ferias.

Y en Cáceres, siguiendo a Floriano Cumbreño, podemos decir que al no disponer de corrientes de agua importantes, la pesca no era demasiado activa. Se limitaba a las charcas, en el Salor o en el Guadiloba, y pescar en el Tajo no compensaba por estar a más de una jornada de la villa.

Se puede señalar que eran muy apreciadas las tencas, recordemos que actualmente la Fiesta de la Tenca, que se celebra en la Mancomunidad Tajo-Salor, es la única fiesta de interés turístico gastronómico de Extremadura.

El Fuero de Cáceres, otorgado por Alfonso IX, dicta algunas normas para asegurar el abastecimiento adehesando las ‘pesqueras’, que eran las presas de los molinos en las que se formaba un ensanchado remanso donde los peces se criaban. No se podían pescar sino veinte estadales (unos 67 metros) aguas arriba de las pesqueras y dos estadales (unos 6,70 metros) aguas abajo, salvo con anzuelo o butrón, pero nunca con redes, ni menos envenenando las aguas.

Se estableció en el Fuero que el pescado era obligatorio venderlo solamente en el mercado de la villa, no se podía comerciar por las calles y casas, por parte del propio pescador, de su mujer o de sus hijos y estaba totalmente prohibido venderlo en viernes a los judíos.