El fiscal solicita la absolución para el anciano que el pasado mes de diciembre hirió mortalmente a su mujer cuando se encontraba ingresada en el hospital Campo Arañuelo de Navalmoral. Considera que el acusado, J. N. C., de 82 años, sufría un fuerte trastorno psíquico cuando cometió los hechos y pide por ello que se le absuelva.

El anciano está acusado de un delito de lesiones en concurso con un delito de homicidio imprudente, por los que próximamente será juzgado en la Audiencia Provincial de Cáceres, pero el fiscal mantiene que concurre en este caso la circunstancia de eximente completa por trastorno mental transitorio, por lo que estima que procede la absolución del procesado.

Todo ocurrió sobre las 22.00 horas del día 10 de diciembre pasado. El acusado se encontraba acompañando a su mujer, de 80 años, en una habitación del hospital Campo Arañuelo, donde había ingresado tres días antes aquejada de un infarto agudo de miocardio inferior, una enfermedad cerebro-vascular y otras numerosas dolencias graves.

Estas dolencias, recoge la calificación provisional del fiscal, la mantuvieron hasta la noche del suceso en "estado de coma, con signos de mal control metabólico y en situación de extrema gravedad vital con previsión de inminente fallecimiento".

FATAL DESENLACE A J. N. C. le sorprendió el personal del hospital sobre las 22.00 horas del día 10 causando una grave herida incisa de grandes proporciones en el brazo derecho de su mujer, a la que se tuvo que amputar este miembro. Horas después fallecería a consecuencia de un fallo multiorgánico "derivado de las múltiples enfermedades que venía padeciendo y el hecho traumático de la herida sufrida, la hemorragia y la amputación".

El acusado fue hallado en el mismo momento de los hechos "desorientado en el tiempo y en el espacio, y sereno, manifestando haber realizado el corte porque tenía hambre y cortó un trozo de carne de cerdo para comer". Se le diagnosticó un trastorno delirante que determinó su internamiento urgente en el psiquiátrico de Plasencia.

El fiscal concluye que el acusado, durante los hechos, "sufría un cuadro de delirium, trastorno psíquico que le impidió tener conciencia de los actos realizados y que cumple todos los requisitos necesarios para incluirse dentro del concepto de transtorno mental transitorio".