PUBLICIDAD Y COLORES. En la ordenanza se establece que las sombrillas tendrán que ser de color crema y que no podrán tener publicidad, salvo en los faldones cuando se trate del logotipo o del nombre del establecimiento, que no podrá ser de colores estridentes, como amarillo, azul o rojo. Lo mismo se plantea para los veladores (sillas y mesas), que no podrán incluir publicidad y que tendrán que estar de acuerdo con el entorno en el que se instalen, además no se pueden usar acabados en colores que sean primarios y estridentes como el amarillo, el rojo o el verde. En cuanto a los materiales, el mobiliario a instalar tendrá que ser de lona, de metal, de madera o mimbre. No se pueden usar materiales como el plástico, el aluminio en su color natural, el acero inoxidable u otros materiales brillantes.

ALCALDIA. En dos artículos (homogeneización de zonas con modelos de mobiliario y en la resolución de asuntos interpretativos), la decisión se toma por resolución de la alcaldía previo dictamen o informe de los órganos municipales competentes, cuestión con la que no están de acuerdo los grupos de la oposición porque se concede a la alcaldía la competencia final sobre estos asuntos.