El Boletín Oficial del Estado ha publicado un real decreto por el que se declara zona de interés para la Defensa Nacional la propiedad denominada cuartel de Santa Ana, en la provincia de Cáceres, con el fin de preservar la propiedad militar y sus instalaciones de cualquier actuación que pudiera afectarla.

Se persigue con ello disponer sin perturbaciones de bases y campos de entrenamiento para el Ejército de Tierra, de modo que se alcancen con la máxima garantía los objetivos de adiestramiento que aseguren el cumplimiento de las misiones asignadas.

La figura de las zonas de interés para la Defensa Nacional viene recogida en el artículo 2 de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional.

Se definen como extensiones de terreno, mar o espacio aéreo que así se declaren en atención a que constituyan o puedan constituir una base permanente a un apoyo eficaz de las acciones ofensivas o defensivas necesarias para tal fin.

En la zona declarada se imponen limitaciones como interesar y obtener autorización del Ministerio de Defensa para determinar la compatibilidad con los fines de la Defensa Nacional de cualquier regulación, ordenación o actuación administrativa que pueda incidir en la utilización militar del cuartel de Santa Ana.

También se deberá someter a la autorización previa del ministerio la transmisión de la propiedad, así como la constitución, transmisión y modificación de cualquier derecho real sobre la misma, con independencia de la nacionalidad o naturaleza de los otorgantes.

Así como cualquier obra de edificación o construcción, promovida por entidades públicas o privadas, así como la cesión por cualquier título de los aprovechamientos agrícolas, pecuarios o cinegéticos de los territorios afectados.