Si algún día ocupan nuestra vivienda la clave está en darse cuenta lo antes posible porque si el ocupa pasa más de 48 horas en la casa pasa a ser de su propiedad. No es que vaya a cambiar las escrituras, pero legalmente esa casa pasa a pertenecer al ocupa hasta que un juez determine lo contrario. De hecho, si la víctima decide cambiar la cerradura y acceder a la vivienda, estaría siendo ocupa en su propia casa.

El debate está en la calle después de que el pasado domingo se estableciera una importante operación policial en la zona de plaza Italia porque la persona que había ocupado una vivienda en la calle Reyes Católicos había amenazado al propietario con un arma de fuego. La Policía Nacional detuvo al ocupa, pero no por instalarse en una vivienda ajena, sino por las amenazas. De hecho, según aclara la policía, una vez que sea puesto en libertad (está en la calle desde ayer por la tarde) puede volver a esta casa.

La clave está en esas 48 horas. Lo explica el inspector de la Policía Nacional, Cipriano Arévalo: «Si se sorprende a una persona que quiere ocupar la vivienda lo que hay que hacer es llamar inmediatamente a la policía para tratar de impedirlo porque una vez que la ocupan y pasan 48 horas se convierte en el domicilio de los ocupas». Ese límite no está escrito pero se considera que es el tiempo que una persona necesita para instalarse.

«El término ocupación lo que implica es una vocación de permanencia en la vivienda, si no se ha producido esa vocación de permanencia porque nos encontramos en esas primeras 48 horas, podríamos decir que no es exactamente un allanamiento. Es el tiempo que se estima para que una persona se instale y tome posesión de la vivienda» afirma el juez decano de Cáceres, Rafael Estévez.

En este caso la policía procedería a la detención de la persona por allanamiento. De haber pasado esos dos días la policía lo único que puede hacer es un atestado y una investigación para identificar a las personas que han ocupado la vivienda, pero no les puede echar. Después este atestado se remite al juzgado. Aquí es donde empieza la batalla judicial para recuperarla.

Según explica el juez decano de Cáceres existen dos vías para denunciar estos casos: la civil y la penal (no es que haya casos que se instruyan por la vía penal y otros por la civil, sino que es una decisión de la víctima). En ambos, la tramitación es «muy rápida», llegando a tardar como máximo cuatro o cinco meses en resolverse.

Para agilizar la ley

Para la vía civil el año pasado se produjo una modificación en la ley de enjuiciamiento civil para agilizar este procedimientos. «El problema que se daba es que, al encontrarnos ante una ocupación ilegal de una vivienda, la persona a la que se le había ocupado la vivienda desconocía la identidad de las personas que habían ocupado la casa y a la hora de formular una demanda no sabía muy bien contra quién la tenía que dirigir. En esa modificación se establecen una serie de mecanismos para que la demanda se pueda dirigir contra los ocupantes de la vivienda (sin nombres)», afirma Rafael Estévez. En este tipo de procedimientos se necesitaría de la asistencia de un abogado. Puede tardar en resolverse unos cuatro meses. La sentencia se puede después recurrir a la Audiencia.

También existe la vía penal. En este caso, a través de la correspondiente denuncia, se pone en conocimiento la ocupación del inmueble y, a partir de ese momento, el responsable de la ocupación habría incurrido en un delito de «ocupación de derecho real inmobiliario de pertenencia ajena». Estos procedimientos se instruyen por delito leve. «Es muy ágil. Se pone la denuncia y, en principio, no habría más trámite que la citación de las personas a juicio». Después, en el trámite de ejecución de esta sentencia, se procedería al desalojo si así se estima. Por la vía penal no se necesita abogado y tarda un mes o dos en resolverse. El fallo también puede recurrirse a la Audiencia.

En Cáceres no se tramitan muchos casos de particulares, aunque sí existen. La mayor parte de las denuncias son puestas por la Junta de Extremadura para recuperar viviendas sociales.