Los funcionarios de la policía local de Cáceres podrán pasar a segunda actividad a partir de los 60 años, a los 55 en casos excepcionales y también de forma temporal ante un embarazo o por disminución de las condiciones físicas o psíquicas. Es parte de lo que regula el reglamento que se publicó ayer en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y que regula la situación de segunda actividad de los agentes.

Define además las tareas que podrán desarrollar, entre ellas atención ciudadana, vigilancia en dependencias policiales o edificios municipales, tareas administrativas, educación vial, control de intendencia o mantenimiento de vehículos policiales, y vigilancia de bandos y ordenanzas. Además de forma puntual podrán realizar tareas de apoyo a los agentes en activo.