El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a siete años y medio de cárcel que le impuso la Audiencia de Madrid al abogado cacereño Pablo Vioque por proponer en el 2003 el asesinato del entonces teniente fiscal antidroga Javier Zaragoza.

Este fallo judicial se conoció un día después de que el propio Supremo anulara, por falta de pruebas, una sentencia de la Audiencia Nacional que condenó en el 2005 a Vioque a 15 años de cárcel por introducir en España 1.802 kilos de coca oculta en tablones de madera en el año 2001. De esta forma, el letrado cacereño, en prisión desde el 2001 por narcotráfico, ya no tiene ninguna causa pendiente.

En la última sentencia, dada a conocer ayer, el Supremo rechaza todos los argumentos del recurso del letrado y confirma la sentencia que declaró probado que Vioque, quien se encontraba imputado en un sumario instruido en la Audiencia Nacional, durante su estancia en la cárcel "ideó la eliminación física" del fiscal encargado de dicho proceso, Javier Zaragoza, así como de otras personas residentes en Galicia y de dos letrados.

"El acusado había resuelto decididamente quitar la vida al fiscal de la Audiencia Nacional, lo que le determinó a proponer, en firme, la ejecución de ese delito a un tercero, ofreciéndole un incentivo económico que podría resultar bastante para la aceptación de la ilícita encomienda", explica la sentencia de la Sala de lo Penal del Supremo. Para llevar a efecto su plan, se valió de Freddy T. S., quien se encontraba también ingresado en la cárcel madrileña de Soto del Real, a la que no volvió tras disfrutar de un permiso para poder llevar a cabo el encargo --a cambio de una compensación económica-- de organizar los crímenes encomendados por Vioque "debiendo buscar y contratar al sicario y comprar las armas".

El Supremo considera que existe "abundancia de material probatorio" que demuestra la implicación del abogado cacereño en esta trama, entre ellas las confesiones del sicario al que le fue encomendado el fallido asesinato de Zaragoza, al que se le hizo llegar datos y fotos del fiscal, y la del mencionado preso al que se le encargó su organización. Recuerda que para cometer el delito de proposición para el asesinato, "es innecesaria la intervención material y directa del proponente en la ejecución del delito propuesto" y rechaza también la petición de Vioque de anular las intervenciones telefónicas entre los acusados en las que se grabaron conversaciones sobre la trama.

El Supremo también ratifica la condena de siete años y medio de cárcel para Freddy T. S. y de cuatro años y medio para otro acusado, Diego L.C.