J En su respuesta a las alegaciones, el consistorio argumentó que en suelo urbano ya urbanizado, como el caso del chalé, no procede delimitar áreas de reparto -con un aprovechamiento tipo o medio para todos los propietarios de parcelas de la zona-, siendo «cada solar el ámbito espacial de atribución del aprovechamiento», por lo que no cabe resarcir al dueño de la parcela del chalé.