Ni en ferias, ni en fiestas, ni en verbenas. No hay excepciones. En Cáceres no pueden tirarse petardos en las vías y espacios de uso público, donde tampoco se permite "el lanzamiento y la explosión de cualquier tipo de cohetes, ingenios explosivos o cualquier elemento de similares características". Por tanto, una cosa es que llegadas las Navidades las calles retumben de petardos (y más de un ciudadano se lleve un buen susto), y otra muy distinta es que eso pueda hacerse. Evidentemente, también se prohíbe cualquier tipo de actividad pirotécnica, así como el lanzamiento de fuegos de artificio "sin la previa licencia municipal".

Así lo recoge con toda claridad el artículo 16 de la Ordenanza Reguladora de la Convivencia Ciudadana y de la Protección del Entorno Urbano, que no se anda con bromas. Tirar un petardo, un cohete u otro artificio pirotécnico está considerado una infracción grave, y por tanto conlleva una sanción de entre 750 y 1.500 euros. En los casos que contempla esta ordenanza es posible sustituir la multa total o parcialmente por acciones tendentes a fomentar la conducta cívica, o por el arreglo del bien dañado si es que lo hubiera.