El juzgado de lo Social número 1 declara en una sentencia la obligación de Acciona Agua, empresa que gestiona el abastecimiento y la depuración, de actualizar las nóminas del centenar de trabajadores del servicio con la aplicación del IPC. El juez estima en parte el conflicto colectivo que interpuso el servicio jurídico de UGT en representación de los trabajadores. Acciona ha anunciado que recurrirá la sentencia.

En este litigio había que resolver sobre si es de aplicación el artículo 28 del convenio colectivo, referido a la revisión salarial conforme al IPC. El convenio fue denunciado por la anterior gestora del servicio, Canal de Isabel II. Al estar denunciado, Acciona estimó que las cláusulas obligacionales del convenio perdían su vigencia.

Pero el juez argumenta que el artículo 5 del convenio establece que ambas partes --la empresa, entonces Canal, y los trabajadores-- acordaron que el convenio, pese a que se denunciase, seguiría en vigor en todo su contenido "hasta tanto no se lograse estipular uno nuevo".

El juez concluye que se debe aplicar el artículo que regula la revisión salarial conforme al IPC. En este proceso se decidía sobre la revisión del IPC de 2011, del 2,4%, y su aplicación desde el 1 de enero de 2012 con carácter retroactivo. Pero el fallo también abre la puerta a que se aplique el IPC de 2012, del 2,9%, a partir del 1 de enero de 2013. No obstante, el fallo no es firme al recurrir Acciona.

Lo que no estima el juzgado de lo Social es que los trabajadores recuperen el 5% del salario perdido en 2010, cuando Canal, al ser empresa pública, aplicó la rebaja salarial fijada por el Gobierno para el conjunto de trabajadores públicos. Los servicios jurídicos de UGT recurrirán esta decisión del juzgado.