La legalidad de las tasas de recogida de basuras, limpieza y alcantarillado que pagan los hogares y empresas cacereñas en el recibo del agua desde el 2001 está en entredicho. Los tribunales han anulado el acuerdo plenario del 2001 que estableció las nuevas liquidaciones municipales por la prestación de estos servicios, lo que podría suponer la devolución a los cacereños del dinero cobrado indebidamente e igualmente podría afectar a los recibos futuros por estos conceptos, aunque la situación legal en la que quedan las tasas es confusa.

El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de casación que interpuso el ayuntamiento contra una sentencia de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) que anulaba las tasas aprobadas en el pleno del 14 de junio del 2001.

La Asociación de Consumidores y Usuarios de Extremadura (Acuex) solicitó la impugnación de dicho acuerdo porque no se había sometido previamente a información pública ni notificado a este colectivo, como es preceptivo. El TSJEx le dio la razón a la asociación de consumidores en una sentencia de septiembre del 2004. El ayuntamiento recurrió el fallo al Supremo y este lo desestimó en un auto fechado el pasado 14 de marzo por "presentación defectuosa" --sin entrar en el fondo de la cuestión--. La sentencia es ya firme.

La portavoz del grupo municipal socialista en la oposición, Carmen Heras, dio a conocer ayer a los medios de comunicación el auto del Supremo. En su opinión, esta decisión judicial convierte a los cacereños en "acreedores del ayuntamiento", ya que aseguró que conlleva la devolución de la diferencia cobrada indebidamente a todos los ciudadanos --la subida que se aplicó con las nuevas tasas--.

Ni el PSOE ni Acuex pudieron ayer precisar la cuantía de esa supuesta devolución masiva, aunque Heras calificó el problema "de primera magnitud" para las arcas municipales. El equipo de gobierno no se pronunció oficialmente sobre el tema pero fuentes municipales aseguraron que se solicitará un informe jurídico sobre el caso.

LO QUE AFECTA AL BOLSILLO ¿Cómo afectará la nulidad de estas tasas a los cacereños? ¿Tendrá el ayuntamiento que devolver el dinero que les ha cobrado de forma indebida? Pues no está nada claro. EL PERIODICO consultó ayer con dos abogados cacereños expertos en Derecho Financiero y Administrativo, Florencio Quirós e Isaac Merino, este último catedrático además de la Universidad del País Vasco.

Ambos manifestaron sus dudas de que se llegue a devolver el dinero, bien porque la normativa tributaria actual no lo establece de forma automática en este tipo de situaciones, por la escasa o "contradictoria" jurisprudencia que hay al respecto o porque la sentencia judicial no lo estipula expresamente.

Ambos coincidieron en que la situación que se plantea "es muy compleja" y susceptible de amplias interpretaciones jurídicas. El ayuntamiento, por ejemplo, podría revocar de oficio las liquidaciones que pasó al cobro --las que no estén prescritas-- por vulnerar la ley, pero la normativa no le obliga explícitamente a ello. En cualquier caso, consideraron que tendría que ser cada ciudadano el que solicitasen la devolución de los ingresos indebidos que no hayan prescrito (4 años atrás).

El presidente de la asociación de consumidores, Juan Bazaga, aseguró a este diario que su asesoría jurídica estudia cómo proceder ahora y cómo afectará a los cacereños, pero adelantó que la intención es solicitar la ejecución de la sentencia e instar a que se devuelva el dinero.