El ayuntamiento no pretende devolver a los ciudadanos el dinero que les ha venido cobrando de más en las tasas de basura y alcantarillado desde el 2001 al haberse anulado judicialmente la subida que aprobó el pleno de la corporación en junio de aquel año. Informes jurídicos y económicos de la Secretaría e Intervención del ayuntamiento aseguran que el consistorio no tendría que hacer frente a esa devolución colectiva, aunque sí se debe adaptar la ordenanza fiscal de estos conceptos a los términos de la sentencia judicial que declaró nulo el incremento acordado en 2001.

Como ya informó ayer este diario, un auto del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que declaraba nulo el acuerdo por el que se aprobaron las nuevas tarifas de estas tasas, lo que las invalida. El PSOE y la Asociación de Usuarios y Consumidores de Extremadura, el colectivo que recurrió la aprobación de dichas tasas por no haberle dado audiencia previa a su aprobación, consideraron el miércoles que el consistorio debería reembolsar las cantidades cobradas ilegalmente a los ciudadanos.

LO QUE DICE LA LEY Los informes municipales estiman, sin embargo, que no, ya que el fallo judicial no afecta a las tarifas en cuestión sino a la ordenanza, que habría que actualizarla. Su argumento se basa en el artículo 19 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, cuyo punto dos dice textualmente: "Si por resolución judicial firme resultaren anulados o modificados los acuerdos locales o el texto de ordenanzas fiscales, la entidad local vendrá obligada a adecuar a los términos de la sentencia todas las actuaciones que lleve a cabo con posterioridad a la fecha en que aquella le sea notificada".

Es decir, en este caso, el ayuntamiento debería ajustar el cobro de estas tasas sin aplicar la subida del 2001 a partir de este mes de abril, ya que la sentencia se le notificó al consistorio el 27 de marzo. Igualmente, debería adaptar la ordenanza.

El texto de esta normativa continúa: "Salvo que expresamente lo prohibiera la sentencia, se mantendrán los actos firmes o consentidos dictados al amparo de la ordenanza que posteriormente resulte anulada o modificada". Los servicios técnicos, según informaron fuentes municipales, estiman por lo tanto que, como el fallo judicial referido a Cáceres no se pronuncia sobre la obligatoriedad de devolver las tasas, estas se mantienen "por ser hechos consentidos por el ciudadano".

Otros juristas consultados por EL PERIODICO estiman en cambio que, aunque difícil, sí podrían ser aplicables a este caso algunas hipótesis legales que conllevarían esas devoluciones colectivas de los ingresos indebidos realizados por los ciudadanos. La Junta Municipal de Gobierno tiene previsto estudiar en su sesión de hoy esta cuestión en base a los informes que ya están en poder del alcalde.