El tercer grado para los hosteleros de La Madrila ha llegado antes de lo previsto. Lo habitual es que se conceda una vez que se ha cumplido una cuarta parte de la condena (en este caso serían algo más de seis meses). En cambio, el reglamento penitenciario establece que puede concederse incluso antes de que pase ese tiempo. «Para que un interno que no tenga extinguida la cuarta parte de la condena o condenas pueda ser propuesto para tercer grado, deberá transcurrir el tiempo de estudio suficiente para obtener un adecuado conocimiento del mismo y concurrir, favorablemente calificadas, las variables intervinientes en el proceso de clasificación penitenciaria, valorándose especialmente el historial delictivo y la integración social del penado», dice la norma. Es lo que ha ocurrido con los hosteleros que, al no ser considerados presos peligrosos y al haber mantenido un buen comportamiento dentro del centro penitenciario han logrado este permiso después de haber pasado algo más de dos meses entre rejas.

A partir de ahora disfrutarán de un régimen de semi libertad, pero deberán cumplir las normas. La más importante, regresar cada noche. «Si un interno clasificado en tercer grado no regresase al centro penitenciario después de haber disfrutado de un permiso de salida o de cualquier otra salida autorizada (salvo los días que tengan autorización para dormir fuera) se le clasificará provisionalmente en segundo grado, en espera de efectuar la reclasificación correspondiente cuando vuelva a ingresar», establece el reglamento. Después, producido el reingreso, el director del centro acordará, como medida cautelar, el pase provisional a régimen ordinario hasta que se efectúe la reclasificación correspondiente. Si nada de esto ocurre, el siguiente paso será obtener la libertad condicional.