La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a Elías Palomo de Clara, por un delito de violación en grado de tentativa, a seis años de prisión. Al concurrir en el acusado la circunstancia agravante de reincidencia, pues es su tercera condena por violación, la pena que se le ha impuesto en esta ocasión ha sido la máxima.

Así se refleja en la sentencia judicial, en la que consta que "aunque la comisión del hecho lo ha sido en grado de tentativa, y por lo tanto la pena podría rebajarse en uno o dos grados, se le imponen los seis años solicitados por el Ministerio Fiscal al concurrir en el acusado la circunstancia de reincidencia por los mismos hechos, sumamente graves, que hoy se le imputan".

RELACION FAMILIAR Por el hecho que ahora se le condena, cometido cuando se encontraba en libertad tras haber cumplido 10 de los 18 años de prisión de su condena anterior --ésta por violar a su hija--, ocurrió el 21 de junio del 2003 en el domicilio de su cuñada, en la ciudad de Plasencia. Esta relación familiar que unía a agresor y víctima también la ha tenida en cuenta el tribunal al emitir su fallo.

Para el tribunal, que le juzgó el pasado día 17, ha quedado probado que Elías Palomo Clara, de 47 años de edad, sabiendo que su cuñada estaba sola en casa, "por lo que difícilmente podía ser socorrida", intentó forzarla. Cuando ella le pidió que se marchara, él la golpeó, la agarró por el pelo y la llevó hasta el cuarto de baño, donde abrió los grifos para evitar que se oyeran sus gritos e intentó penetrarla.

"Lo que este tribunal ha podido constatar, sin lugar a dudas, es que el acusado intentó mantener relaciones sexuales con su cuñada, a lo que ésta se opuso, y que si no logró su propósito fue por la resistencia mostrada por la mujer y por la llegada de los vecinos que acudieron a socorrerla cuando la oyeron gritar".

Estimados probados los hechos, la Sala Segunda de la Audiencia Provincial condena a Elías Palomo a seis años de prisión, por un delito de violación en grado de tentativa, y a una pena de 93 euros de multa, por una falta de lesiones.

Además, el condenado tendrá que indemnizar a su víctima con 6.444 euros (6.000 por los daños morales, 144 por las lesiones físicas y 300 por las secuelas".