Los aspirantes tienen que formalizar una solicitud que deja testimonio de la voluntad de ambos de inscribirse en el registro de parejas de hecho. Debe suscribirse conjunta y personalmente por los declarantes ante el funcionario, acompañada de la firma de dos testigos.

Pero además hay que presentar: fotocopia del DNI, acreditación de la mayoría de edad o emancipación civil, declaración de no tener una relación de parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta, declaración de no estar incapacitados, certificado o Fe de Estado y certificado del Padrón Municipal.

Se considerará disuelta la pareja de hecho en los casos de muerte o matrimonio de uno de los miembros, por mutuo acuerdo, por voluntad unilateral de uno de los miembros de la pareja o por cese de la convivencia durante más de un año.