Pudo causar la muerte a un vecino al que, sin que se hayan podido desvelar los motivos, asestó un corte en el cuello con una navaja cuando se encontraba en un bar de Herguijuela. Por estos hechos el abogado de su víctima le acusaba de un delito de intento de asesinato, por estimar que en su acción existió alevosía, y pedía para el acusado, Pedro Grande, una pena de 8 años de prisión y el pago de una indemnización de 6.000 euros; mientras que el fiscal le acusaba de un delito de homicidio en grado de tentativa, y solicitaba 6 años de prisión. La defensa, por su parte, solicitaba tan solo un año de prisión, por considerar que la acusación debía de ser por un delito de lesiones, así como también que se debían tener en cuenta las atenuantes de embriaguez y de arrebato

Finalmente serán tres años y medio los que Pedro Grande pasará en prisión por los hechos que protagonizó la noche del 21 de enero pasado. Esta es la condena que le ha impuesto la Audiencia Provincial, que le ha considerado culpable de un delito de homicidio en grado de tentativa --el que le imputaba el fiscal-- con la circunstancia atenuante de confesión, ya que "tras protagonizar la agresión, el procesado esperó en el bar hasta la llegada de la Guardia Civil".

La Sala, así se recoge en la sentencia, "no aprecia la concurrencia de alevosía que calificaría los hechos como asesinato intentado", tal y como pretendía la acusación; ni tampoco el delito de lesiones que alegaba la defensa, pues considera "difícil imaginar que la finalidad de Pedro Grande fuera simplemente herir" a su víctima. Su acción, se añade, "consistió en cortar con la navaja la zona anterolateral del cuello, lo que se conoce como degollar, y que puede ser mortal".

Lo que hizo Pedro Grande, concluye el tribunal en su sentencia, "constituye una de las formas básicas o elementales de dar muerte a otra persona con un arma blanca corta".