El Tribunal de Cuentas destaca en su informe de fiscalización de los ejercicios de 2006 y 2007 que en esos años se reconocieron obligaciones de pagos por un importe de 6,4 millones sin una adjudicación que lo justificase. El órgano fiscalizador subraya que los proveedores del ayuntamiento que se encuentran en esta situación son "prácticamente" los mismos los dos años y destaca dos casos que llaman la atención al tribunal a causa de las elevadas obligaciones reconocidas y los bajos niveles de las adjudicaciones.

En su análisis de las obligaciones de pagos reconocidos en bienes corrientes (capítulo 2 de los presupuestos), el tribunal detalla que el 69% de las mismas se corresponden a gastos efectuados con terceros (proveedores o suministradores) en base a algún tipo de adjudicación (tanto para gastos corrientes como de inversión) que tiene que conllevar la formalización de un contrato.

Sin embargo, el tribunal advierte que hay varios proveedores con obligaciones de pagos reconocidas que son muy superiores a los importes que aparecen como adjudicados, además subraya que hay casos en los que no consta ninguna adjudicación para esos gastos, pese a que se trata de cuantías importantes.

En su informe, el tribunal no detalla nombres de las empresas o terceros a los que se han reconocido pagos pese a no presentarse un contrato que lo justifique o ser el importe de la adjudicación menor al gasto comprometido por el ayuntamiento.

SELECCION Y NUMEROS Para conocer el alcance de este tipo de operaciones irregulares, el tribunal selecciona a los contratistas cuyas obligaciones reconocidas exceden de los contratos formalizados en más de 40.000 euros, sin que la corporación justificara esta diferencia, aunque excluye casos en los que este desfase pueda obedecer a retrasos en la ejecución de los contratos.

El resultado es que en ambos años se reconocieron a estos contratistas obligaciones de pago de los capítulos 2 y 6 del presupuesto (los bienes corrientes y las inversiones) por 9.180.008 euros, mientras que los importes de los servicios, suministros u obras adjudicados sumaban 2.773.798. La diferencia son los 6.406.210 euros, cuyo pago se reconoce pese a no haber una adjudicación que justifique el gasto.

LOS DOS CASOS En cuanto a los dos casos que se destacan, el tribunal detalla que a un proveedor se le reconocieron en el 2006 obligaciones de pago por importe de 607.000 euros, de los que 373.000 eran de facturas de ejercicios anteriores y 21.000 eran de importes adjudicados dentro del año. Cuando el tribunal analiza las facturas comprueba que la mayoría son por importes inferiores a los 3.000 euros. Al mismo proveedor se le reconocieron en el 2007 gastos por 226.000 euros cuando los importes adjudicados en el ejercicio ascendían a solo 46.000 euros.

En el segundo caso, el tribunal detecta que en el 2006 se le reconocen obligaciones por 531.000 euros cuando el importe adjudicado era de 35.000, mientras que en el 2007 los gastos reconocidos fueron de 515.000 cuando las adjudicaciones sumaron 57.000. Al igual que con el proveedor anterior se presentan facturas que sustentan el gasto, pero el órgano fiscalizador detecta que salvo cuatro (una de 113.000 euros, otra de 74.000 y dos de 40.000), el resto son de poca cuantía.

CONTRATO MENOR El tribunal destaca que ha habido "un empleo reiterado" de contratos menores para la adjudicación de suministros, además con los mismos proveedores ,"sin que se justifique la ausencia de un procedimiento dirigido a la contratación mediante la pública concurrencia" de unos servicios cuya necesidad era previsible.

El tribunal considera por estos casos que la gestión contractual se ha desarrollado "al socaire de una ineficiente proyección de las necesidades junto con un indebido fraccionamiento del contrato", ambas circunstancias constituyen, según el informe del tribunal, "un incumplimiento de los principios de libertad de acceso, publicidad y transparencia que deben presidir la contratación pública" en base a la ley de contratos del sector público. El órgano fiscalizador concluye que estos principios son una exigencia "tanto de la eficiente aplicación de los recursos públicos y de la libertad de mercado".