Cuatro años y medio después de que su marido falleciera en la UCI de un hospital de la comunidad por una infección y ella demandara al Servicio Extremeño de Salud (SES) por considerar su muerte responsabilidad de los servicios sanitarios, la Justicia ha desestimado definitivamente su demanda.

Aunque en abril del año pasado, y en primera instancia, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo resolvía a su favor, declaró la responsabilidad patrimonial del SES por el fallecimiento de su esposo, Félix C. A., y fijó en 76.862,73 euros la indemnización a pagar por ello, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJEx) resuelve ahora que de dicha muerte no se puede responsabilizar al SES que, por tanto, no tendrá que pagar los 76.862 euros de indemnización.

Fue en septiembre del 2005 cuando Félix C. A., que padecía una enfermedad coronaria muy grave, fue intervenido quirúrgicamente. La operación, según refleja la sentencia, "fue compleja pero satisfactoria", y al paciente se le llegó incluso a trasladar a planta, aunque un día después, tras retirarle los cables de marcapasos y drenajes, presentó dificultades respiratorias y volvió a la UCI, momento a partir del cual empeoró, sufrió una infección y finalmente falleció.

Pero en base a las pruebas e informes --uno de ellos elaborado por cuatro especialistas en Medicina Interna que ocupan plaza en los hospitales de La Princesa, Puerta de Hierro y Móstoles--, la Sala del TSJEx resuelve que la muerte de este paciente "no se puede imputar a una incorrecta praxis sanitaria, ni a la deficiente limpieza, desinfección o esterilización de las instalaciones e instrumentos", por lo que exime al SES de pagar la indemnización.