Se conoce con el nombre de «Voto de Santiago» al tributo que instituyó el rey Ramiro I el 25 de mayo del año 834 en Calahorra después de vencer a los moros en la batalla de Clavijo gracias a la intervención milagrosa del Apóstol Santiago, que se apareció a lomos de su caballo blanco y favoreció la victoria de las tropas cristianas. Era abonado por los reinos cristianos de Asturias, Galicia, León y Castilla.

Recordemos que la batalla se produjo al negarse Ramiro I a pagar al rey moro Abderramán II el tributo de las cien doncellas al emirato de Córdoba y desde ese momento dejó de satisfacerse ya que era una ignominia para los reinos cristianos.

Algunos autores hablan de que el supuesto documento donde se recoge este privilegio fue falsificado por Pedro Marcio, que era un canónigo compostelano, en el siglo XII. Lo cierto es que este tributo representó una gran suma de ingresos para las instituciones eclesiásticas jacobeas, desde el obispado primero, arzobispado después, el cabildo catedralicio, etc., favoreciendo el culto y la peregrinación para visitar al Apóstol Santiago, que tanto aportarían a Galicia y a toda la España cristiana.

Este “Voto de Santiago” se institucionalizó como ofrenda nacional en el año 1643, en la época de Felipe IV, el día de la fiesta del Apóstol, el día 25 de Julio. Santiago quedó convertido en el santo patrón de España, como se le sigue reconociendo en la actualidad. En el Archivo Histórico Municipal de Cáceres se conservan dos documentos que hacen referencia a la cobranza del Voto de Santiago. El primero es una Real Provisión de los Reyes Católicos, dada en Toledo el día 18 de Junio de 1502. En la misma se señala que el pago del “Voto de Santiago” no se cobrara a precios arbitrarios y que si no se recaudara en varios años no se cobrara lo atrasado.

Dada en Toledo asímismo por los Reyes Católicos poseemos una Real Cédula, con fecha 30 de Junio de 1502, dirigida al Deán de Coria por los abusos que se realizaban en el cobro del “Voto de Santiago”, dando normas para evitarlos.

El “Voto de Santiago”, siguiendo a Floriano Cumbreño, lo cobraba el Arzobispado de Santiago y la cantidad eran cuatro celemines y medio de trigo por cada persona que sembrase este cereal, o su equivalente en metálico. Al cobrarse muy irregularmente se producía la picaresca, muy propia de la época, en que como nadie pagaba en trigo sino en metálico, los años que el trigo estaba barato, los recaudadores no cobraban el tributo, sólo lo hacían cuando estaba caro y encima exigiendo los años atrasados al mismo precio. Con dichos escritos de los Reyes Católicos se ponía orden en la cobranza del tributo exigiendo que fuera anual y con el precio estipulado cada año, no pudiendo cobrarse de años pasados. La famosa Constitución de Cádiz de 1812 legisló dos pasos definitivos en materia religiosa, la suspensión del Tribunal de la Santa Inquisición y la supresión del “Voto de Santiago”, nombrando patrona de España a Santa Teresa; aunque se tardaron varios años en su total abolición, ya que Fernando VII volvió a poner en vigor el privilegio jacobeo, después fue suprimido durante el Trienio Liberal y repuesto otra vez por la Corona, hasta que en 1834 muerto Fernando VII y con los liberales en el gobierno de España, agrupados en torno a Isabel II, fue abolido definitivamente.