En los últimos meses vienen siendo noticia en la ciudad las multas impuestas a particulares por parcelar o edificar en zonas no urbanizables y en áreas protegidas ambientalmente. Y a la vista de las sanciones que se interponen, y sobre todo de las que se quedan en el tintero administrativo o judicial, he descubierto que me han estado tomando el pelo durante 35 años. Y como a mí, a la inmensa mayoría de los ciudadanos.

Siempre pensé que el desconocimiento de la ley no eximía de su cumplimiento. Pero ya he caído del guindo. Se lo debo a los colonizadores de El Collado, ese paraíso anárquico de edificaciones y parcelaciones ilegales en la carretera de las Torres, también conocida como de Medellín, donde cada hijo de vecino ha campado a sus anchas ante la admiración del resto de los cacereños; nosotros, pobres diablos, perseguidos implacablemente por administraciones y jueces. ¡Pero qué torpes somos!

Ante la perplejidad general, un juzgado comunicó hace unas semanas que no puede acusar de delito urbanístico a los propietarios, promotores o constructores de estas parcelas, enclavadas en una zona de especial protección de aves, porque no existen "motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona o entidad alguna". Por ello decidió el archivo de la causa y su sobreseimiento. ¿Alguien lo entiende?

Según la ley, estos terrenos de Los Llanos de Cáceres no son urbanizables, por lo que difícilmente se pueden construir casas y naves o levantar cercas sin que ello suponga una ilegalidad manifiesta; pero al parecer sólo el ayuntamiento y la Junta se han dado cuenta --o sólo ellos están en condiciones de perseguirla-- y lo están haciendo. Lentamente y algo tarde, pero están dando pasos en este sentido.

La justicia, en cambio, parece vivir más bien en el limbo, al menos si se interpreta desde un humilde punto de vista ciudadano.

Comparto la visión de los colectivos ecologistas cuando aseguran que es absolutamente increíble que el Ministerio Fiscal y el juzgado dejen entender que no se puede averiguar quién ha promovido las construcciones y quién las ha materializado.

Si el juzgado interpreta que las infracciones no son suficientemente graves para ser consideradas delito, que lo diga así de claro, pero que no permita que la opinión pública entienda que no sabe a quién atribuir la ilegalidad.

En todo caso, habría que aclarar si estas construcciones se han realizado con las oportunas licencias --en cuyo caso habría que averiguar cómo es que el ayuntamiento las concedió--, o si éstas se han hecho sin permiso --en cuyo caso habría que resolver cómo es posible que los departamentos de disciplina urbanística lo hayan consentido--.

Porque, por la misma regla de tres, con qué autoridad se impide a un vecino de la parte antigua levantar cuatro plantas más en su pequeña vivienda. Con qué criterios se prohíbe a un constructor edificar 40 plantas donde el PGOU sólo contempla siete. Con qué autoridad moral se impide a un matrimonio en paro construir con sus ahorros una pequeña casa rural en su solar no urbanizable del pueblo, para ganarse la vida. Y así miles de casos más.

Por supuesto, no tengo nada personal en contra de los ciudadanos que han edificado y parcelado en Los Llanos, pero la situación de impunidad es inadmisible. ¿Hasta cuándo?