La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales permite desde hoy las visitas a las residencias de mayores de la región, siempre que no tengan ningún caso de coronavirus activo ni el residente se encuentre en cuarentena. El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la orden que regula este protocolo, que entra en vigor este mismo martes. Según se recoge en el documento, solo se permitirá una visita a la semana y de una persona que no presente síntomas de coronavirus “por muy leves que estos fueran”. Los encuentros se producirán en una sala que determine cada centro, o bien en el exterior, siempre sin salir del perímetro de sus instalaciones.

Durante la visita será obligatorio seguir todas las medidas de prevención e higiene establecidas por las autoridades sanitarias, así como el uso de equipos de protección “adecuados al nivel de riesgo” tanto por parte del visitante como del residente. En todos los casos será obligatorio que el familiar porte mascarilla, que mantenga la distancia de seguridad de dos metros y que realice una correcta higiene de manos. Asimismo, el familiar no podrá entregar al residente ningún artículo u objeto: se deberán poner a disposición del personal del centro para su correcta desinfección.

Las visitas serán autorizadas por la dirección de la residencia, previa petición de la familia. Se fijará con antelación la fecha, el día y la duración de la visita, y en todo momento el familiar debe cumplir con las indicaciones que reciba del personal del centro. No podrá salir de la sala destinada a la visita y en caso de incumplimiento, no se le permitirá la entrada de nuevo. Según se especifica, los centros deberán establecer procedimientos específicos para regular la entrada y salida de los visitantes con el fin de evitar aglomeraciones con los trabajadores y el resto de residentes.

Centros de día

Centros de díaAdemás de regular las visitas a los centros de mayores, la orden publicada este martes en el DOE también flexibiliza algunas restricciones de funcionamiento para los servicios de atención a la dependencia y autonomía personal, dentro de lo establecido en la fase 2 del plan de desescalada. Así, se recoge que los centros de día podrán retomar la actividad presencial para personas con demencias o algún tipo de deterioro cognitivo, siempre que no se supere el 60% de la capacidad de plazas autorizadas y se garantice en todo momento la distancia de seguridad de dos o más metros entre usuarios. El resto de la actividad que no pueda desarrollarse presencialmente con la finalidad de garantizar el máximo de aforo de capacidad correspondiente se prestará, cuando fuera posible, a través de modalidades no presenciales. Los centros establecerán los turnos o las medidas necesarias para garantizar el acceso en condiciones de igualdad a la actividad presencial de los usuarios del centro.

Asimismo, se mantiene la actividad presencial de los servicios de atención temprana, habilitación funcional y estimulación cognitiva para aquellas personas que pudieran tener una evolución desfavorable si se demorase por más tiempo su atención en dicha modalidad o cuando el servicio no pudiera ser prestado en la modalidad telemática. Las sesiones serán concertadas por los profesionales que presten el servicio mediante cita previa. También se reanuda la actividad presencial de los programas laborales y de inserción social de las personas con trastorno mental grave. Deberán establecerse turnos presenciales y, en su caso, las actividades telemáticas correspondientes, de forma que se garantice la igualdad en el acceso a la prestación presencial y se observen la medida de distancia social teniendo en cuenta el aforo con el que cuenta cada centro. En todo caso, los turnos y las sesiones serán establecidos por los profesionales que presten el servicio.

Respecto a los centros ocupacionales y los centros de día de atención a las personas con discapacidad, deberán establecerse turnos presenciales y, en su caso, las actividades telemáticas correspondientes, de forma que se garantice la igualdad en el acceso a la prestación presencial y se observen la medida de distancia social teniendo en cuenta el aforo con el que cuenta cada centro. Los turnos y las sesiones serán establecidos por los profesionales que presten el servicio.