El Gobierno garantiza que todos los trabajadores afectados por una suspensión de empleo, fruto de la crisis del coronavirus, tendrán derecho a cobrar prestación por desempleo. Independientemente de si cumplen o no con el periodo de cotización previo exigido en circunstancias normales. Esta es una de las medidas aprobadas este martes en Consejo de Ministros y de la que ha dado cuenta el presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez, en rueda de prensa.

El real decreto que articula un nuevo paquete de medidas extraordinarias para paliar los efectos del covid-19 sobre la economía incluye una agilización de los procesos de ERTE y exonera a los empresarios que recurran a dichos expedientes de pagar las cotizaciones a la Seguridad Social de sus empleados.

Una serie de medidas demandas por empresarios y los sindicatos mayoritarios para dar salida al impás de gran cantidad de compañías, que han visto paralizada su actividad y esperaban de mejores condiciones para mandar a sus plantillas a casa. Pedro Sánchez ha hecho un llamamiento explícito al empresariado a que no efectúen despidos ante la parálisis económica. Y ha instado a que las reestructuraciones prioricen la suspensión de contratos y las reducciones de jornada.

El Ejecutivo de coalición formado por el PSOE y Unidas Podemos ha asumido en su segunda batería de medidas gran parte de los consensos cerrados la semana pasada entre patronal y sindicatos. Una de las principales reformas excepcionales planteadas por los agentes sociales era suprimir temporalmente el periodo de carencia exigido, es decir, habilitar que aquellos trabajadores que no hubieran cotizado un mínimo de 180 días en los cinco últimos años también pudieran acceder al subsidio de paro si se veían afectados por un ERTE, justificado este por el impacto del coronavirus. Ampliar la cobertura al máximo de población trabajadora posible era una de las prioridades del Ministerio de Trabajo y así ha quedado plasmado en el real decreto que ha aprobado el Consejo de Ministros.

Al margen de las suspensiones de empleo, el Gobierno también habilita una mayor protección para aquellos trabajadores que sí deban personarse en su puesto de trabajo, pero que tengan familiares a cargo. Para ellos, el Gobierno garantiza una reducción de jornada de hasta el 100% para cuidado de familiares de hasta segundo grado, lo que incluye nietos y abuelos.

"CONTADOR A CERO" Y BONIFICACIÓN DE LAS COTIZACIONES

Otro elemento en beneficio de los trabajadores que ha adoptado el Ejecutivo es el conocido como "contador a cero". Es decir, que una vez pasen las suspensiones de empleo derivadas de las distorsiones económicas ocasionadas por la pandemia de covid-19, a los trabajadores no se les descontará el paro consumido de cara a futuro, en caso de que dichos empleados requirieran de prestación una vez se reestablezca la actividad económica. Los empresarios también recibirán ayudas dentro del paquete aprobado este martes y se les exonerará de pagar las cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores suspendidos mientras dure la parada. Según los últimos datos disponibles del Instituto Nacional de Estadística, publicados este mismo martes, la cotización a la Seguridad Social obligatoria que de media asumen los empleadores asciende a 625 euros al mes.

Ambas medidas comportarán un aumento del gasto social, ya que será el erario público el que asuma el coste de la cobertura de los trabajadores afectados. Otra de las revindicaciones consensuadas por CEOE, Cepyme, CCOO y UGT pero que no ha hecho suya el Gobierno ha sido la de aumentar el importe de las prestaciones a percibir por los trabajadores afectados. Presumiblemente en aras de no aumentar los costes para las arcas públicas, pues los agentes sociales demandaban que los trabajadores suspendidos de empleo percibieran durante el ERTE el 100% de sus salario, no el 70% contemplado por ley en circunstancias normales.

ERTE MÁS ÁGILES

El periodo de consultas abierto entre una empresa que quiere efectuar un ERTE y la parte sindical tiene un periodo máximo de 15 días. Un elemento que ha agilizado el Gobierno en su paquete de medidas extraordinarias y ha reducido a siete. A lo que se suman, en el caso de máxima dilatación del proceso, otros siete días más para que la autoridad laboral competente valide el proceso. Este elemento será clave en la nueva normativa aprobada, pues para que las facilidades impulsadas tengan validez, la autoridad laboral deberá acreditar causa de "fuerza mayor". Con esta supervisión, la Administración pretende evitar que empresas que no hayan sido afectadas en gran medida por el covid-19, sino por otras circunstancias, aprovechen la coyuntura para registrar sus propios expedientes.

PRESTACIÓN PARA LOS AUTÓNOMOS

Las medidas aprobadas por el Ejecutivo también contemplan mayor protección para los trabajadores autónomos. Sánchez ha anunciado que el Gobierno garantizará la agilización en el cobro de la prestación por cese de actividad para aquellos trabajadores por cuenta propia afectados por el covid-19. El cese por actividad es el equivalente al subsidio de paro para los autónomos y hasta ahora el colectivo ha denunciado de manera generalizada las dificultades para que las mutuas que gestionan dichas prestaciones las acaben autorizando.

Otro elemento para garantizar la liquidez de los trabajadores por cuenta propia lanzado por el Ejecutivo es la bonificación de la cuota mensual a la Seguridad Social, a falta de concretarse en el real decreto la extensión temporal de dicha bonificación.