Cuando llega fin de año muchos optan por acudir a fiestas que puede organizar una persona física o jurídica o un grupo de personas de forma pública o privada que alquilan un local o una carpa. Este tipo de fiesta se denominan "macrofiestas" y están reguladas a nivel autonómico, por la Orden del 26 de noviembre de 1.999, por la que se deben ajustar al procedimiento de la concesión de autorización con carácter extraordinario para este tipo de celebraciones. A la hora de asistir a este tipo de fiestas que hay que diferenciar de las que organizan locales de copas o discotecas, que no necesitan autorización, desde la Unión de Consumidores de Extremadura se recomienda "precaución". Así señalan en una nota que el usuario debe exigir que la fiesta tenga la autorización correspondiente, seguros de incendio, responsabilidad civil, etc, y conocer conceptos que van desde el aforo del local así como los aspectos que se incluyen y los que no en el precio de la entrada (si es barra libre o no, cotillón, si tiene guardarropa, horario de cierre, etc.). Datos que deben están incluidos en la publicidad de la "macrofiesta".ES IMPORTANTE RECLAMARDesde la Unión de consumidores se recomienda además reclamar en casos de tener algún tipo de problema y exigir la hoja de reclamaciones, que es de obligatoria tenencia, apuntan. Para asegurarnos de que la reclamación va a poder ser tenida en cuenta se precisa guardar tanto la entrada de la fiesta como la publicidad de la misma. En estos casos la entrada es el contrato que tiene el consumidor y la cláusula contractual es la publicidad de la fiesta.