El Juzgado Mercantil número 8 de Barcelona ha establecido que los músicos estadounidenses no pueden reclamar derechos por la proyección de sus películas en cines de España, al no serles de aplicación las leyes españolas en la materia.

La asociación Artistas Intérpretes o Ejecutantes (AIE) ha reclamado a Cinesa, compañía que gestiona 191 salas de cine en toda España, los derechos correspondientes a los intérpretes musicales de las películas que emiten, la mayoría de origen estadounidense. Con esta sentencia, la reclamación ha sido desestimada.

Con derechos en casos concretos

La sentencia reconoce derechos a los músicos estadounidenses en los casos en que los intérpretes residan en España, hayan realizado una interpretación en este país y su interpretación se haya incorporado a una producción europea. Cuando su interpretación se divulgue por primera vez en España o su interpretación en vivo se incluya en la emisión de una entidad de radiodifusión domiciliada en España u otro estado miembros de la Unión Europea también podrán derechos.

Difíciles de localizar

La sentencia ha alegado una "clara dificultad" para la AIE en localizar a los músicos norteamericanos titulares de los derechos para pagarles la remuneración derivada de la proyección de las películas en que participen.De hecho el representante legal de AIE ha admitido en el juicio que tenían de 20 a 25 millones de euros recaudados pendientes de repartir entre sus titulares.