La jornada prevista para este fin de semana en Primera y Segunda División se disputará conforme a los horarios fijados por la Liga de Fútbol Profesional (LFP). La Audiencia Nacional se escudó en un defecto de forma para rechazar la petición de suspensión cautelar de la jornada 17 del campeonato liguero solicitada por la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE). El sindicato acató la decisión y se comprometió a que los partidos se disputen con normalidad, aunque advirtió que no renuncia a volver a los tribunales.

La sala de lo social de la Audiencia Nacional recurrió a un artificio legal para evitar entrar en el fondo de la cuestión planteada por la AFE. El sindicato alegó que el domingo 2 de enero es un día inhábil para la disputa de partidos, según el convenio colectivo vigente.

Por su parte, la Liga explicó a los jueces, en la vista celebrada el miércoles, que el calendario había sido aprobado en julio por la Federación Española de Fútbol (RFEF) y que, por tanto, pasó a ser una decisión administrativa y fuera de convenio.

CUESTIONES LABORALES Este es el argumento al que se agarraron los magistrados para declararse incompetentes. En la resolución explican que solo podían examinar cuestiones laborales, pero no administrativas, y que la sala competente es la contencioso-administrativa. La sala de lo social de la Audiencia considera que la AFE debió plantear conflicto colectivo cuando conoció en junio el calendario, antes de la aprobación en asamblea federativa, o solicitar entonces medida cautelar, en cuyo caso sí hubiese sido competente.

A pesar de ello, el tribunal admite que la Liga incumplió el convenio colectivo, ante la falta de acuerdo de las partes, al fijar partidos el 2 de enero. Los magistrados subrayan que el calendario no fue pactado como lo exige el convenio de futbolistas, pese a las conversaciones mantenidas por las dos partes. No obstante, el tribunal recoge que el sindicato "atemperó" su posición al admitir que podría jugarse el día 2, siempre que se hiciera en horario de 17 a 19 horas. Este extremo no fue tenido en cuenta por la patronal, que remitió a la RFEF su propuesta de calendario, aprobado finalmente por la asamblea el 19 de julio del 2010.

La resolución de la Audiencia Nacional se acordó por unanimidad. El sindicato dispone de 10 días para recurrir la decisión. Sin embargo, no podrá acudir a la vía contenciosa antes del próximo domingo porque el 31 de diciembre y el 1 de enero son días inhábiles en los tribunales.

El acuerdo tuvo el efecto de satisfacer a los representantes de la Liga y de no dejar frustrados a los de la AFE, que consideran un gran logro el hecho de que en el auto se reconozcan sus derechos. "Dilata un problema, pero nos da la razón, especialmente porque pone de manifiesto que se produjo un primer incumplimiento del convenio al no aprobar de mutuo acuerdo el calendario y después un segundo al fijar el 2 como de competición", dijo Luis Rubiales, presidente del sindicato de futbolistas.

No adoptada finalmente la medida cautelar, la AFE dará indicación a todos los profesionales de que se celebren los partidos, pero está claro que se están conculcando derechos. AFE va a dejar dicho que va a reclamar daños y perjuicios derivados de una actuación que se está diciendo que es ilegítima", declaró Abdón Pedrajas, abogado del sindicato de futbolistas.