Día de claroscuros para la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), mientras su Sala de regulación celebró la devolución de sus competencias en materia de energía, la de Competencia recibió la agria decisión de la Audiencia Nacional de anular las multas de 57,7 millones de euros que impuso a 18 empresas papeleras y a la Asociación Española de Fabricantes de Envases y Embalajes de Cartón Ondulado (AFCO) por pactar precios y repartirse clientes.

En una sentencia, la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional (AN) ha estimado los recursos de las compañías y anulado la resolución de Competencia porque, dice, cuando se notificó a las empresas la sanción, el procedimiento administrativo incoado había caducado «por unos días».

La Audiencia Nacional recordó que, según la ley, el límite máximo para una resolución es de 18 meses «para evitar que este se mantenga indefinidamente abierto en detrimento de la seguridad jurídica».

El expediente sancionador se produjo el 10 de mayo de 2013, por lo que el cómputo de los 18 meses finalizaría, según la ley, el 10 de noviembre de 2014.