El Banco de España impondrá restricciones en la obra social de las cajas que no cumplan con los requisitos de capital exigidos en el decreto-ley de reforzamiento del sistema financiero aprobado por el Consejo de Ministros el viernes y que hoy publica el Boletín Oficial del Estado (BOE). En el título primero del decreto, se establece que las entidades cuya ratio de capital se sitúe un 20% por debajo del mínimo exigido podrán ser objeto de restricciones impuestas por el Banco de España, que afectará a la dotación de la obra social, pero también al reparto de dividendos, las remuneraciones variables de administradores y directivos, la retribución de participaciones preferentes y la recompra de acciones. Esas restricciones se aplicarán mientras no se resuelva el expediente sancionador que abrirá el Banco de España. Las entidades financieras tienen hasta septiembre, en principio para cumplir con un coeficiente de capital principal ¿core capital-- del 8%, a menos que tengan un coeficiente de financiación mayorista superior al 20% o que su capital no esté repartidos entre accionistas privados al menos en un 20%. En esos casos el capital exigido será del 10%. El supervisor permitirá que ese plazo se amplíe otros tres meses para las entidades que estén en condiciones de cumplir con las condiciones de capital exigidas, pero estén pendientes de trámites administrativos. Las que salgan a bolsa tendrán un margen hasta el primer trimestre del 2012.