La justicia dirimirá a partir del miércoles si es legal que los altos ejecutivos de los bancos perciban cantidades millonarias cuando se jubilan, aunque esos pagos sean aprobados por el consejo de administración y la junta de accionistas de la entidad.

El presidente del SCH, Emilio Botín, y los exdirectivos José María Amusátegui y Angel Corcóstegui tratarán de demostrar que es legal. La misma posición será defendida por el fiscal, que apoya la absolución.

Por su parte, los acusadores, Juan Francisco Franco Otegui y Rafael Pérez Escolar consideran que esas retribuciones son ilegales. Por ello, reclaman una condena de 12 años para Botín y 6 para Amusátegui y Corcóstegui por un delito societario y rebajan esa petición a 8 años (Botín) y 4 (para los exdirectivos) si la pena es por apropiación indebida.

La Audiencia deberá resolver hoy la recusación del presidente de la sala presentada por Pérez Escolar: dice que es su enemigo, además de que le condenó en el caso Banesto.

La investigación de este caso se inició en octubre del 2002 a instancias de Franco, que posee 200 acciones del SCH. En febrero del 2003, Pérez Escolar, que es titular de 1.224 acciones, se sumó. En las querellas se denunciaba que Amusátegui había percibido 43,7 millones de euros (7.271 millones de pesetas) en agosto del 2001 cuando decidió adelantar su jubilación siete meses.

Según la querella, esa "indemnización" se pagó para que Amusátegui dejara sus funciones como copresidente de la entidad tras la fusión del Santander y el Central Hispano en 1999. Pero la defensa de los banqueros sostiene que con esa retribución se gratificó la labor desarrollada por ese ejecutivo "a lo largo de toda su carrera".

JUBILACION ADELANTADA Además, las acusaciones denunciaron que Corcóstegui percibió en febrero del 2002, 108 millones (17.970 millones de pesetas) cuando adelantó su jubilación "por motivos personales". Ese pago fue aprobado, al igual que el de Amusátegui, por el consejo de administración y por la junta de accionistas. El banco, además, alega que el importe que pagó a Corcóstegui fue "sensiblemente inferior" (un 42%) al contrato suscrito en 1999.

Para la juez Teresa Palacios, que decidió sentar en el banquillo a los banqueros, esos pagos no estaban autorizados en los estatutos de la sociedad y son nulos, ya que se han utilizado "fondos" del banco "para atenderlos" cuando debían destinarse al pago de dividendos.

PRACTICA GENERALIZADA El abogado de Botín considera que el pago fue legal. "Lo contrario nos llevaría sencillamente a criminalizar la generalizada práctica societaria española en materia de retribución de administradores, algo que carece por completo de sentido", alega Gonzalo Rodríguez Mourullo en su escrito de defensa.

Los letrados del banco también rechazan que las retribuciones hayan causado perjuicio a sus accionistas, ya que ninguno ha presentado reclamación.