El Pleno del Congreso de los Diputados vota hoy el real decreto ley de protección a los titulares minoristas de preferentes que ordena aportaciones de los bancos al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) de cerca de 2.000 millones de euros para pagar a los preferentistas de NCG Banco y CatalunyaBanc.

La derrama entre los bancos tiene como objetivo lograr liquidez para pagar a los clientes minoristas las acciones que van a recibir a cambio de sus preferentes, ya que ninguna de estas dos entidades cotiza y no hay posibilidad de venderlas en mercados secundarios.

En todas las entidades nacionalizadas, al realizar el canje por acciones, los titulares de preferentes sufrirán una quita en la cantidad que invirtieron, que será del 38 % en el caso de Bankia, del 61 % en CatalunyaBanc y del 43 % en NCG.

La derrama entre los bancos asciende al 3 por 1.000 de los depósitos, aunque hay deducciones si pagan en los primeros 20 días hábiles de enero de 2014, el primero de los periodos habilitados para cubrir la derrama, y cumplen determinados supuestos.

Quedan exentas las entidades participadas mayoritariamente por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), mientras que las que tengan un balance inferior a 5.000 millones de euros pueden deducirse hasta un máximo del 50 %.

También hay deducciones de hasta un 30 % de las aportaciones realizadas o que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2013 a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb), conocida como al 'banco malo'.

El decreto capacita al FGD para suscribir acciones o deuda de la Sareb con el objetivo de que pueda colaborar con el FROB en su financiación.

El FGD comprará las acciones que reciban los preferentistas de NCG y CatalunyaBanc, dando prioridad a los clientes en situación de especial dificultad de acuerdo con los criterios que fije la Comisión de Seguimiento de arbitrajes, mientras que para los de Bankia se va a iniciar un proceso arbitral.

La Comisión va a determinar el universo general de los preferentistas que accederán al sistema de arbitraje, que en ningún caso pueden ser inversores institucionales, y establecerá unos criterios para extraer del colectivo inicial a los clientes más vulnerables.