Los diputados y senadores tienen prácticamente garantizado que cuando se jubilen cobrarán la prestación más alta e incluso más. Por un lado se les reconoce el cobro del 80% de la pensión tras haber sido parlamentarios durante un periodo de 7 a 9 años; el 90% con un periodo de entre 9 y hasta 11 años; y el 100% si superan los 11 años de antigüedad.

Además, disponen de un seguro colectivo --plan de previsión social empresarial-- que se nutre del 10% del sueldo base de sus señorías (la asignación constitucional) con cargo al presupuesto de las Cortes. Este complemento supone 3.751 euros anuales por titular y, en conjunto, unos 2,3 millones del erario público.

Estas prestaciones están recogidas en un reglamento aprobado por Congreso y Senado el 11 de julio del 2006. A este se sumó en el 2008 el reconocimiento del derecho a una indemnización al acabar su mandato. El texto justificaba la necesidad de "situar a los parlamentarios españoles en un nivel equiparable a la media de los países del entorno". El cálculo de la aportación de las Cortes se hace sobre el salario base de 3.126,52 euros mensuales. La aportación al seguro, que puede ser complementada por el beneficiario, siempre se imputa al asegurado, que cuenta con un límite anual deducible de su IRPF de 10.000 euros. Eso compensa el haberlo computado antes como salario en especie.

El reglamento del 2006 también reconoce un mecanismo similar a la prejubilación para los exparlamentarios que en el momento de su cese tengan 55 años o los cumplan en ese ejercicio y que carezcan de actividad laboral permanente. Las Cortes les mantienen en situación de alta a la Seguridad Social "hasta completar el periodo de cotización necesario para causar el derecho a la pensión de jubilación".

CCOO critica que las Cortes "sean la única empresa" en la que conviven dos instrumentos de previsión. Además, hay un plan de empleo para los funcionarios y resto de empleados.