Deliveroo, Glovo, Just Eat o Stuart son sólo algunas de las marcas más conocidas que lucen las mochilas de los centenares de repartidores de comida o productos a domicilio que con un smartphone y una bicicleta, moto o incluso andando se han introducido en los últimos años en el mundo de la mensajería y el reparto.

Son modelos de negocio que nacen bajo el discurso de la economía colaborativa, posibilitados por la democratización de las nuevas tecnologías y que combinan formas de trabajo clásicas y bien remuneradas con nuevas y asociadas a los diferentes síntomas de la economía 'low cost'.

Estas plataformas vinculadas a empresas multinacionales dan trabajo por cuenta ajena a plantillas extendidas por todo el globo que comparten un perfil cualificado y que a menudo son incluidos en los procesos de toma de decisiones.

No obstante, su labor la despliegan a través de un entramado de 'colaboradores', a los que les vincula una relación mercantil de autónomos, que son los encargados de repartir los pedidos. En el ejemplo de Delvieroo, esta empresa tiene alrededor de 100 trabajadores en plantilla en España y unos 1.000 'riders' en colaboración.

Las plataformas juegan un papel de 'celestinas' digitales en una relación triangular entre gente que necesita un dinero y está dispuesta a repartir, con unos restaurante o tiendas que comercializan un producto y unos consumidores con dinero que lo demandan.

En la actualidad, dicho plano teórico está siendo examinado por los juzgados españoles, que están revisando si, pese a las nuevas formas, el fondo no es el mismo que los sistemas de reparto tradicionales pero ahorrándose la empresa los costes.

¿Tienen control los repartidores sobre su trabajo? En principio sí, pero son evaluados según los métodos que utilizan. ¿Los colaboradores llevan uniforme? No es obligatorio, pero sí frecuente. ¿Tienen un contrato de exclusividad? No, pueden en principio trabajar para la competencia. ¿Negocian los precios de sus tarifas? No, estas vienen marcadas por la empresa. Estas y muchas más son algunas de las preguntas que los jueces españoles se están haciendo para dictaminar si estas empresas están incurriendo en un fraude de ley o no.

En un juzgado de Valencia ya hubo el pasado 4 de junio sentencia, a favor de un exrepartidor, que deberá ser readmitido y al que se le deberá reconocer una relación propia de asalariado. El recorrido judicial de la sentencia, recurrida por la empresa, dictaminará la jurisprudencia sobre todo un modelo laboral.