La obligación del cambio solo afecta a aquellos hogares con una potencia de 15 kilovatios (kW) de potencia o menos, es decir, las pymes o empresas con entre 15 y 50 kW sí que pueden mantener su contador tradicional. Sin embargo, el regulador considera que esta obligación debería hacerse extensiva también a ellas, para que el sistema pueda beneficiarse de la reducción de costes que la telegestión y la telemedida conlleva. De hecho, algunas ya lo hacen. Según la CNMC, las seis distribuidoras de más de 100.000 clientes tienen en conjunto 673.623 contadores con esta potencia en España y una tasa de sustitución del 39,67%, mientras que las de menos de 100.000 clientes disponen de 27.424 clientes y una tasa de cambio del 55,52%.