"No teníamos en absoluto conocimiento del acuerdo y del propio texto del acuerdo, si se le puede llamar texto a esos tres párrafos". Las palabras de Pepe Álvarez ilustran la sorpresa que provocó en los sindicatos el pacto sobre la reforma laboral suscrito por PSOE, Unidas Podemos y Bildu. El secretario general de UGT ha admitido que se enteró por los medios, mientras que la patronal ha criticado el movimiento, tachándolo de "desprecio indignante al diálogo social".

La principal novedad estriba en calendario, ya que sitúa la derogación de la reforma laboral del PP en la que ya estaban trabajando las mesas del diálogo social hace unos meses antes del fin de las medidas extraordinarias por el covid-19. Pese a que la pandemia ha puesto en suspenso este diálogo social, y tras la derogación del despido por acumulación de bajas médicas justificadas, aún quedan temas pendientes por resolver, tal y como explica Rosa María Sánchez.

Éstas son las siete claves la contrarreforma laboral de Pedro Sánchez:

1.- Ultraactividad de los convenios

Si después de vencido un convenio colectivo pasa un año sin que se logre negociar uno nuevo, la empresa puede aplicar el convenio superior que sea de aplicación (sectorial o territorial). El documento ‘rojimorado’ de gobierno de coalición plantea derogar esta disposición y recuperar la prórroga automática (ultraactividad) del convenio vencido en tanto no se negocie uno nuevo.

Este es uno de los aspectos en los que patronal y sindicatos no se pusieron de acuerdo en febrero del 2019, cuando ambas partes avanzaban en otras cuestiones del diálogo social.

2.- Prioridad del convenio sectorial

Patronal y sindicatos tampoco lograron ponerse de acuerdo entonces en cambiar las reglas del juego para devolver al convenio sectorial prioridad sobre el de empresa.

Ahora el pacto entre PSOE y UP plantea derogar este aspecto para garantizar que ningún convenio de empresa incluya peores condiciones que el sectorial.

3.- Subcontratas

En la primera parte del 2019, los agentes sociales sí lograron algunos avances para modificar algunos aspectos de la reforma laboral en materia de subcontrataciones. El abuso en las condiciones laborales de las camareras de piso (`kellys’) subcontratadas por los hoteles a empresas de servicio puso cara a este problema. Según relató entonces a EL PERIÓDICO el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, la patronal estaba de acuerdo con que las subcontratas apliquen a sus empleados las condiciones del convenio sectorial correspondiente a los servicios prestados (el del convenio de limpieza, en este ejemplo) pero rechazaba aplicar el convenio de la empresa receptora de esos servicios (el de la firma hotelera, siguiendo el ejemplo), tal como pretenden las organizaciones sindicales.

Ahora el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores volverá a la mesa del diálogo social con el propósito, además, de limitar la subcontratación a “servicios especializados ajenos a la actividad principal de la empresa”.

4.- Condiciones del contrato

El acuerdo de coalición también pretende “limitar” la capacidad de modificación unilateral de las condiciones del contrato por parte de la empresa cuando no existe un acuerdo con el trabajador o sus representantes (artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores).

5.- Inaplicación de los convenios

En la misma línea que en el bloque anterior, también se plantea “revisar” el mecanismo de descuelgue de un convenio colectivo para que solo sea posible dejar de aplicar el salario pactado cuando existan “causas económicas graves”, como la existencia de pérdidas, que lo justifiquen. En la actualidad es posible hacerlo alegando que durante dos trimestres consecutivos el nivel de ventas ha sido inferior al registrado en el mismo periodo del año anterior.

6.- Causas del despido

Desde el 2010, la legislación permite un despido más barato (20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades) cuando concurren causas económicas (pérdidas actuales o previstas o dos trimestres con caídas en las ventas), técnicas, organizativas o en los productos y servicios que ofrece la empresa.

El acuerdo entre PSOE y UP pretende acotar la definición de estas causas que permiten esquivar una indemnización mayor en caso de despido (de 33 ó 45 días por año trabajado y un máximo de 24 de mensualidades). “La idea es recuperar el principio de proporcionalidad y de causalidad”, explican las fuentes socialistas consultadas.

En este bloque, además, el acuerdo de coalición plantea reforzar el papel de la Inspección de Trabajo y de la autoridad laboral en el control de los despidos colectivos y expedientes de regulación para garantizar que se cumplen los mecanismos de información, consulta y mediación. “No nos planteamos recuperar la autorización administrativa previa, que ya no existe en ningún país europeo”, apuntan estas fuentes

7.- Contratación

El acuerdo 'rojimorado' plantea simplificar y reordenar el menú de los contratos de trabajo para reforzar el principio de causalidad en la contratación temporal y las sanciones en caso de fraude. En este sentido, también se plantea revisar los contratos formativos, favorecer el uso del contrato fijo discontínuo o reforzar el control de la contratación a tiempo parcial.