Mucho más difícil que embridar los plazos de pago entre empresas será hacerlo en el sector público, y, en particular en la administración local. Algunos cálculos elevan a 33.000 millones la deuda pendiente de pago por la Administración, sobre todo, la local. Por eso, el anteproyecto de ley de economía sostenible introduce algunas medidas de disciplina, como la reducción del plazo máximo a 30 días. "Sabemos que quien incumple ahora con el plazo de 60 días podrá seguir haciéndolo con el de los 30 días", ha admitido con cierta impotencia el secretario de Estado de Hacienda, Carlos Ocaña.

La diferencia es que con la nueva norma, transcurrido el plazo de 30 días sin cobrar, los contratistas podrán reclamar el pago, con intereses de demora.

Además, como medida de presión, se establece que tanto el Estado como cada comunidad autónoma y cada ayuntamiento deberán elaborar trimestralmente un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en la ley, que incluirá el número de operaciones morosas y el importe de las mismas.

En el caso de los municipios, esta información deberá remitirse al pleno de la corporación local y también a los órganos fiscalizadores de la comunidad autónoma y del Estado, que podrán obligar al consistorio a elaborar un informe periódico sobre sus plazos de pago.

REGISTRO DE FACTURAS Para frenar la práctica obstructiva de los ayuntamientos que consiste en demorar durante meses el reconocimiento de la factura (la certificación de la obra), el borrador de la ley de economía sostenible establece que cada entidad local deberá disponer de un registro de todas las facturas y demás documentos emitidos por los contratistas.