La inquietud se ha apoderado de muchos inversores y ahorradores con dinero y activos en Andorra ante el convenio de intercambio de información firmado en enero entre las autoridades de ese país y España. Aunque la Hacienda española solo puede solicitar datos individuales de forma justificada (posible delito fiscal, por ejemplo), los despachos de asesoría han comenzado a recibir consultas con una pregunta constante: «¿Cómo se puede aflorar el dinero con el menor coste tributario posible?». No es ni mucho menos una avalancha de dinero que regresa, pero sí un goteo persistente, según los expertos consultados.

En los bancos andorranos estaban depositados el año pasado, como mínimo, entre 2.700 y 3.500 millones de euros de ciudadanos españoles. Esta cifra se obtiene a partir de los casi 17 millones ingresados en el Tesoro español por las retenciones que practican las autoridades del coprincipado a cuentas de españoles, cumpliendo con la directiva del ahorro de la Unión Europea (UE).

Esa obligación no afecta más que a los depósitos, no a otros productos financieros, ni a los rendimientos de sociedades. La mayoría de quienes tienen fondos en Andorra son medianos ahorradores. «Las grandes fortunas optan por plazas financieras de mayor magnitud, como Suiza», asegura un experto tributario.

En todo caso, la respuesta que reciben quienes acuden a un asesor es siempre la misma: repatriar los fondos y demostrar que son capitales o recursos con una antigüedad superior a cuatro años, el periodo a partir del que prescriben las infracciones tributarias.

RENDIMIENTOS

Así, solo se pagará el impuesto de la renta (IRPF) por los rendimientos obtenidos en los últimos cuatro ejercicios más los intereses y recargos correspondientes. Todo ello también afecta al desaparecido impuesto del patrimonio, ya que en ese periodo aún regía.

En cualquier caso, lo más lógico es repatriar el dinero para regularizar la situación y guardar los justificantes por si Hacienda los reclama. La otra vía es presentar una declaración complementaria voluntaria, pero eso alarga otros cuatro años el periodo de prescripción. En junio próximo prescribirá todo lo anterior al 2005.

Ignasi Casanovas, de Laudis Consultor, explica que el factor esencial es justificar el tiempo y el origen del capital. De lo contrario, los recursos pasan a ser considerados como generados en único ejercicio y un aumento de patrimonio no justificado. Ese aviso también lo lanza Valentí Pich, presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).

Fuentes de Hacienda admiten que uno de los objetivos al anunciar los acuerdos como el de Andorra es convencer a contribuyentes que tienen dudas de conciencia. También advierten, como los asesores, de que «siempre hay que justificar la procedencia del dinero».