Barclays Bank ha sido condenado a devolver más de 300.000 euros a un cliente por la comercialización de dos bonos estructurados, después de que la Audiencia Provincial de Madrid haya ratificado que la entidad no cumplió con la obligación de informar al cliente de forma "clara" y "comprensible" sobre los riesgos del producto contratado. Según ha informado Zunzunegui Abogados, despacho que ha ejercido la defensa del cliente, los hechos se remontan a julio del 2007, cuando el cliente contrató dos bonos estructurados: el primero por un nominal de 250.000 euros y el segundo por valor de 200.000 euros.

Las pérdidas para el cliente se tradujeron en 251.926,31 euros. Estos dos productos están dirigidos a inversores de perfil alto o arriesgado, no a clientes con perfil minorista, como es el caso, ha incidido el despacho. El juez ha estimado que el cliente carecía de conocimientos y medios para conocer lo que compraba y que la entidad "incumplió sus obligaciones de conocer su situación financiera, y objetivos de inversión, no siendo adecuados dichos bonos atendiendo al objetivo de la inversión que buscaba rentabilidad sin arriesgar el principal invertido".

CLIENTE MINORISTA

En el recurso de apelación del banco, que ha sido desestimado por la Audiencia Provincial de Madrid, se exponía que el cliente era socio de una de las principales auditoras del mundo --Arthur Andersen-- y de una de las principales agencias de publicidad del país, quien "tiene sólidos conocimientos financieros en atención a su formación académica y a su propia experiencia laboral". Sin embargo, la Audiencia Provincial ha ratificado que tales circunstancias "no consiguen alterar el perfil de cliente minorista".