El Ministerio de Justicia está ultimando, en coordinación con el Colegio de Registradores Mercantiles de España, un portal de internet permanente y gratuito donde se recogerán las resoluciones judiciales que se produzcan en los procesos concursales (antiguas suspensiones de pagos y quiebras). Con esta medida, los ciudadanos podrán tener acceso directo a estos autos y sentencias judiciales que, hasta ahora, y no en todos los casos, eran divulgadas mediante edictos.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 11 de junio el real decreto que regula la publicidad de las resoluciones concursales y que, a la vez, modifica algunos apartados del reglamento del Registro Mercantil. Con esta nueva normativa, se pretende facilitar la "adecuada" publicidad del concursos de acreedores, "que tiene gran importancia para el cumplimiento de los fines" para los que fueron diseñados en su día estos procesos.

TRASCENDENCIA EMPRESARIAL El Ministerio de Justicia ha escogido internet y las nuevas tecnologías para comunicar a los ciudadanos estas resoluciones judiciales, que son de especial transcendencia empresarial y laboral. Por ello, está diseñando una plataforma técnico-informática que permitirá la creación de una página de internet en la que se recogerán los autos y sentencias de estas características.

El objetivo de la medida es ofrecer "transparencia informativa y la divulgación estadística más completa posible de toda la información concursal relevante", según el real decreto.

La normativa no sólo garantiza el "acceso público y gratuito" a las resoluciones concursales, sino también asegura su coordinación. En este sentido, serán los registradores mercantiles, que previamente habrán recibido las resoluciones de los juzgados para su inscripción oficial, quienes remitirán la información al Colegio de Registradores, entidad que gestionará el servicio telemático y la que asumirá el coste económico de su aplicación.

Fuentes del Ministerio de Justicia destacaron que en este servicio público por internet se recogerán las resoluciones judiciales de los "deudores concursados", es decir, de empresas o personas declaradas insolventes. También se incluirá la inhabilitación de administradores de sociedades, liquidadores y apoderados, y los administradores concursales nombrados por el juez.

HERRAMIENTA RELEVANTE "Este servicio será un instrumento que permitirá la publicidad, y también será una herramienta informativa relevante", insistieron las fuentes consultadas. Las secciones del portal estarán ordenadas alfabéticamente por apellidos, en el caso de personas físicas y por actividades cuando se trate de personas jurídicas o empresas y sociedades.

Los jueces mercantiles han aplaudido esta medida del ministerio y el Colegio de Registradores, aunque se han quejado de que los avances tecnológicos, como la firma electrónica, se están aplicando lentamente. "El portal de internet será una experiencia positiva y se cumplirá con agilidad y rapidez con el precepto de dar publicidad a las resoluciones judiciales", asegura el magistrado José María Fernández Seijo.

"Además --agregó Fernández Seijo-- este sistema se convertirá en una especie de RAI (Registro de Aceptos Impagados) de los procesos concursales que estén en marcha en España. Pero para que funcione bien debe instaurarse un sistema eficaz para transmitir las resoluciones". Según este juez especializado en temas mercantiles, "en la actualidad, las comunicaciones con los registros mercantiles se hacen por fax, un sistema anticuado, teniendo en cuenta la posibilidad del correo electrónico".

Este servicio público gratuito entrará en funcionamiento entre finales de este año y principios del 2006, según fuentes del Ministerio de Justicia.