El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional se ha inhibido de juzgar el caso del supuesto fraude en el cobro de subvenciones europeas en el sector del lino textil, según informa Efe, porque las penas solicitadas para los acusados superan los cinco años de cárcel que conforman su ámbito de competencia.

Así lo acuerda el Juzgado Central de lo Penal en una providencia en la que decide remitir esta causa a la sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, al estimar que éste sería el "órgano competente para el enjuiciamiento y fallo de esta causa".

El Juzgado considera que sólo le corresponde juzgar las causas en las que las condenas por los delitos no superen los cinco años de prisión y recoge que las acusaciones particulares que representan a las comunidades de Aragón y Castilla y León calificaron los hechos como delito continuado de estafa, un delito que está castigado por el Código Penal con penas superiores.

Según el escrito, las acusaciones particulares solicitan por el delito de estafa seis años de prisión y, al aplicar "continuidad delictiva", esta pena podría alcanzar hasta 13 años y medio. Por ello, el Juzgado Central "atribuye" a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional "el enjuiciamiento y el fallo" del caso.