El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDE) ha impuesto una multa de 300.000 euros (49,9 millones de pesetas) a Alcampo. Carrefour, El Corte Inglés y Mercadona, a razón de 75.000 euros por empresa, por llevar a cabo prácticas anticompetitivas, al imponer a suministradores de bebidas un sistema homogéneo de seguridad, mediante etiquetas antihurto.

La resolución expone que las cadenas de distribución formalizaron un acuerdo ante notario en el que obligaban a cinco proveedores --Allied Domecq, Diageo, Bacardí, Larios Pernod Ricard y Varma-- a entregar debidamente protegidos con etiquetas de radiofrecuencia los productos que, "por su tamaño, costo, valor estratégico o importancia en el índice de hurto así lo justifiquen".

El tribunal estima que esta práctica de unificar exigencias e intentar imponerlas a sus proveedores es un acuerdo entre competidores de fijación de condiciones comerciales que está prohibido.