VIVIENDA PENSION

El propietario vende la vivienda a una aseguradora u otra entidad financiera y suscribe una prima única que le permite cobrar una renta mensual vitalicia. El acuerdo se plasma en una escritura pública en la que la aseguradora se convierte en nuda propietaria (dueña sin derecho a uso) y reconoce el derecho de habitación del beneficiario hasta su muerte.

HIPOTECA PENSION

El titular firma una hipoteca sobre su vivienda para constituir una pensión vitalicia con la que logra ingresos y paga los intereses del préstamo. A su muerte, los herederos pueden subrogar el préstamo. El rentista puede aumentar la hipoteca para generar una nueva renta y aprovechar la revalorización de la vivienda.

HIPOTECA INVERSA

El titular dispone mensualmente de una suma contra el valor de su vivienda durante un periodo de tiempo. Las disposiciones pagan una renta e intereses. Al final del plazo, hay que saldar el préstamo. Algunas variantes incluyen un seguro que garantiza el disfrute de renta y vivienda hasta el fallecimiento.

CESION EN ALQUILER

El propietario cede a un tercero su vivienda para que la comercialice en régimen de alquiler y le pague una parte de los ingresos. El titular pasa a alquilar una plaza en una residencia, en una vivienda tutelada o en un inmueble más adecuado a sus necesidades.