El Banco de España ha ganado el juicio a Jorge Pérez, el exdirectivo que le llevó a los tribunales por considerar improcedente su despido. La magistrada del Juzgado de lo Social número 41 de Madrid, María del Carmen Rodrigo Sáiz, ha dado la razón al supervisor financiero por entender que su exempleado presentó la demanda cuando ya había expirado el plazo para hacerlo, según recoge la sentencia con fecha del 8 de enero. La defensa de Pérez tiene intención de recurrir el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según informó este miércoles 'El Mundo'.

Pérez, que entró en el Banco de España en 1986 como inspector y llegó a ser jefe de la división de normativa contable, fue cesado mediante un despido disciplinario el pasado 31 de julio. El organismo gobernado por Pablo Hernández de Cos abrió una investigación interna en noviembre del 2018 a raíz de que el periodista Ernesto Ekaizer publicase un tuit con una cita de un mail interno en la que el director general de supervisión, Julio Durán, comunicaba a los miembros de su división su decisión de dimitir.

A partir de ello, la investigación se amplió y se descubrió que el directivo había intercambiado información con Ekaizer para la elaboración de un libro y con Aristóbulo de Juan, exdirector de supervisión, para la preparación de un informe pericial sobre el Banco Popular en contra del Mecanismo Único de Resolución (MUR) europeo, del que forma parte el Banco de España, así como diversos artículos. La institución pública sostiene que su exdirectivo cedió información confidencial e incurrió en un conflicto de intereses, pero Pérez asegura que eran datos públicos y valoraciones como experto contable, y defiende que ha sido represaliado por su posición crítica sobre la actuación del Banco de España en la creación y salida a bolsa de Bankia.

ARGUMENTOS

La magistrada ha considerado en su relato de "hechos probados" que, para realizar estas colaboraciones, Pérez "no había solicitado la previa declaración de compatibilidad, que utilizó los medios puestos a su disposición por el Banco de España y en horario laboral, no comunicó que su participación podía menoscabar el cumplimiento de sus deberes laborales, comprometer su imparcialidad, poder originar conflicto de intereses, o perjudicar los intereses del Banco de España y tampoco solicitó autorización previa al director general mediante el envío del formulario correspondiente a la Unidad de Cumplimiento Interno que exige la realización de este tipo de actividad"

Sin embargo, también sostiene que, en la práctica, la colaboración de Pérez con De Juan en el informe pericial del Popular y sus artículos "no ha supuesto interferencia ni conflicto de interés con el Banco de España", que su colaboración con Ekaizer para la elaboración de un libro se limitó a "transmitirle sugerencias técnicas", y que los datos e información que facilitó a través de varios correos electrónicos "no tienen carácter secreto, confidencial o reservado". Citando el testimonio de su superior, Daniel Pérez, también apunta que el "demandante nunca ha manejado datos secretos o reservados ni ha asistido a reuniones en que se han expuesto informaciones con esas características" y "siempre desarrolló sus cometidos de manera completamente eficiente, sin ninguna tacha".