Entre 50 y 60 millones de seguros que cubren el fallecimiento del titular como contingencia principal o accesoria deberán integrarse en un nuevo registro a partir de la primavera. El reglamento que regula este censo está a punto de ser aprobado por el Gobierno y su objetivo es evitar que ningún beneficiario se quede sin percibir la suma a la que tiene derecho por desconocimiento, tal como sucede en la actualidad.

Las dificultades de adaptar el reglamento a la ley de protección de datos y otras cuestiones técnicas han provocado el retraso en la puesta en marcha del mecanismo, según fuentes de la Dirección General de Seguros. El registro fue creado por una ley de noviembre del 2005, que ya había sido reclamada en el 2003 por la coalición en el Senado Entesa Catalana de Progrés --el grupo de los partidos catalanes-- y rechazada entonces por el Gobierno del Partido Popular.

Su puesta en marcha lleva un mínimo de nueve meses de retraso, ya que la ley obligaba a que el reglamento se aprobara en seis meses. Ahora solo está pendiente de que el Consejo de Estado haga su dictamen, por lo que el Ejecutivo prevé tenerlo aprobado como muy tarde en abril próximo.

Un 10% se quedan sin cobrarDiversas fuentes estiman que alrededor del 10% de las pólizas que cubren principal o accesoriamente el fallecimiento, que abarcan desde la tradicional póliza de vida hasta las de accidentes o de viaje con cobertura de muerte para el titular, se quedan sin cobrar porque los beneficiarios desconocen su existencia. El borrador de reglamento incluye a las personas jurídicas como beneficiarias y excluye todos aquellos seguros en los que coinciden titular y beneficiario y aquellos colectivos de carácter empresarial.

Sin embargo, desde el sector se apunta que es casi imposible estimar el número de beneficiarios que se quedan sin cobrar dada la dificultad de determinar el volumen de pólizas de que se trata; solo de vida que cubren el riesgo de muerte ya hay unos 22 millones, según datos de la patronal aseguradora, Unespa. También llevan aparejada esa contingencia todos los seguros obligatorios de vehículos, no así los voluntarios. Por eso, el sector maneja la cifra total de entre 50 y 60 millones de pólizas con una gran casuística.

Al nuevo registro, centralizado a través del Registro General de Actos de Ultima Voluntad del Ministerio de Justicia, tendrán acceso quienes estén interesados en determinar si son o no beneficiarios de una póliza, previa presentación del certificado de defunción del asegurado.

Dispondrán de hasta cinco años tras el fallecimiento del titular para acudir al censo a través de una petición gravada con una tasa de 3,26 euros, que se podrá actualizar anualmente a través de una orden ministerial. En el plazo de siete días hábiles, según el borrador de reglamento, quien haya reclamado recibirá el certificado con la información sobre las aseguradoras para que pueda acudir a las mismas y conocer si es beneficiario de una póliza.

Dentro del sector se veía más práctico que se hubiera recurrido a un registro de fallecimientos, en el que se incorporarían las 1.000 defunciones de media que se producen diariamente en España y al que tendrían acceso todos los juzgados, pero tanto la ley de noviembre del 2005 como el borrador de reglamento que el Gobierno aprobará en breve optaron por el registro específico.

Uno de cada cuatroEn este constarán el nombre y apellidos del asegurado, su DNI, número de identificación fiscal y el número de contrato de seguro. La exposición de motivos que creó el registro señala que "uno de cada cuatro españoles genera ahorro y derechos económicos para sí o sus beneficiarios".