Todos aquellos que están obligados a presentar la declaración de renta (que son quienes, en términos generales, ingresan más de 22.000 euros brutos al año procedentes de un solo pagador) pueden hacer la declaración de renta con el "Servicio de tramitación del borrador / declaración (Renta WEB)" a partir de este miércoles 1 de abril. A pesar del estado de alarma por la propagación del coroinavirus, se puede acceder a través del portal Renta 2019 de la Agencia Tributaria y también se pueden consultar los datos fiscales desde el pasado lunes 23 de marzo.

Con certificado digital, clave pin o número de referencia

En primer lugar tendrá que identificarse. Existen tres vías para hacerlo: el certificado o DNI electrónico, la Cl@ve PIN y el número de referencia.

Una vez en el servicio Renta WEB se pueden aportar los datos que faltan, bien contestando las preguntas que se le formulen o bien añadiendo los datos adicionales necesarios con los que podrá obtener el resumen de resultados. Si está de acuerdo con el resultado obtenido puede presentar su declaración de Renta, marcando la opción presentar declaración.

Guardar sin presentar la declaración

Si realizadas las gestiones anteriores no desea presentar la declaración, el servicio de Renta WEB le permite guardar las modificaciones que realice, para acceder posteriormente desde cualquier equipo a una Nueva declaración sin las modificaciones realizadas, o a Continuar con la declaración en la que realizó las modificaciones.

Se tienen que revisar tanto los datos personales como los datos económicos. También debe revisar todos los avisos que se presenten en Renta WEB para lo que hay que acceder a la pestaña de avisos y errores.

Qué revisar siempre en el borrador de la renta

Es imprescindible revisar:

1. La información de los inmuebles y sus referencias catastrales. Lo puede hacer en http://www.sedecatastro.gob.es/

2. Las cuotas sindicales: si tiene aportaciones debe incluirlas.

3. Datos personales y familiares: Si tiene derecho a la deducción por maternidad, debe verificar que aparezca incluida, igual que si tiene derecho o a alguna de las deducciones familiares por descendiente / ascendiente discapacitado, familia numerosa o monoparental con 2 hijos y sin derecho a percibir anualidades, por cónyuge no separado legalmente con discapacidad.

4. Planes de pensiones: si tiene aportaciones, debe comprobar que figuran incluidas.

5. Deducción por inversión en vivienda habitual: si tiene derecho a la aplicación del régimen transitorio, verifique que la información de los préstamos hipotecarios que aparece en sus datos fiscales es correcta y que está consignada correctamente.

6. Deducción por alquiler de la vivienda habitual: si su contrato de alquiler es anterior al 1/1/2015 y cumple las condiciones para aplicarse la deducción, consígnela en las casillas correspondientes.

7. Deducciones autonómicas: si tiene derecho a alguna y no figurara en el borrador, puede consignarla en las casillas correspondientes a su comunidad autónoma.

Presentación por internet, por teléfono o en la Agencia Tributaria

La aplicación Renta WEB ya no permite la impresión de la declaración en papel para su posterior presentación (predeclaración). Por tanto, las declaraciones de Renta se presentan:

1. Por medios electrónicos: a través de internet, en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante la 'app' de al Agencia Tributaria

2. A través del teléfono (con el plan 'Le llamamos'). Este método se podrá pedir a partir del 5 de mayo.

3. En las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria previa solicitud de cita (del 5 de mayo al 29 de junio), así como en las oficinas habilitadas por las comunidades autónomas, ciudades con Estatuto de Autonomía y entidades locales para la presentación de la declaración.