Si un asalariado piensa emprender un negocio y quiere simultanear esa actividad con un empleo asalariado convencional "inmediatamente se encontrará con un freno", advierte el Reaf. Pese a cotizar en el régimen general, como cualquier empleado, deberá cotizar en el régimen de autónomos cada mes, soportando unos costes (cuota anual mínima de 2.498,2 euros) que puede que le generen pocos derechos adicionales. Según la opinión del Reaf, convendría acabar con este esquema de doble cotización.