El Tribunal Supremo tiene dudas sobre la constitucionalidaddel impuesto del 7% a la producción eléctrica y otros dos gravámenes a la generación nuclear que se crearon en el 2012 por parte del Gobierno del PP. En este sentido ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) al considerar que las cargas no responden a finalidades medioambientales sino recaudatorias y dirigidas a financiar el déficit de tarifa.

La decisión del alto tribunal se produce a raíz de un recurso planteado por la patronal eléctrica, Unesa, así como Iberdrola y Endesa. Las figuras afectadas son además del tributo del 7%, los que recaen sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos, y el que grava el almacenamiento de todo ello.

Las dudas de los magistrados les han llevado a plantear una cuestión de inconstitucionalidad que afecta a 12 artículos de la ley 15/2012, en la que se recogía el grueso de la reforma energética aprobada por el Gobierno del PP.

DOBLE GRAVAMEN

Al entender de los jueces, el Constitucional debe dilucidar si vulneran el artículo 31.1 de la Constitución, según la cual, los contribuyentes deben contribuir "al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio”.

El Supremo entiende que dichos impuestos "podrían estar gravando el mismo hecho imponible o la misma manifestación de riqueza ya gravada por otros impuestos".