El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado un recurso del empresario José María Ruiz-Mateos en el que reclamaba al Estado una compensación de 6.133 millones de euros, más intereses, por la participación que Rumasa tenía en Galerías Preciados cuando el grupo fue expropiado en 1983. Fuentes de la familia Ruiz-Mateos han indicado que recurrirán la sentencia.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo entiende que el valor de las acciones de Rumasa era "cero" con independencia de lo que valieran los títulos de Galerías Preciados, ya que el balance definitivo del grupo expropiado arrojó un saldo negativo de 261.129 millones de pesetas (1.569 millones de euros).

Los socios de Rumasa, que poseían indirectamente el 78,62% de Galerías Preciados, pidieron en dos ocasiones, en noviembre del 2006 y abril del 2007, que sus acciones se volvieran a tasar para tener en cuenta el valor de la participación del grupo en esos grandes almacenes.

Sin embargo, las peticiones fueron desestimadas: en junio del 2007, por la dirección general de Patrimonio del Estado; y en julio y septiembre de ese mismo año, por el vicepresidente segundo y ministro de Economía, que rechazó los recursos de los socios de Rumasa.

ALGUNOS COBRARON

Ruiz-Mateos recurrió estas decisiones administrativas ante el TSJM y pidió que sus acciones fueran "retasadas" y que su precio se fijara en 6.133 millones de euros, más un 5% por los intereses acumulados desde la petición inicial (noviembre del 2006).

Según la sentencia, fechada el 26 de febrero, la cuestión de fondo a dilucidar era "si existió en algún momento una obligación de pagar a los socios de Rumasa algún precio por las acciones" de Galerías Preciados.

El TSJM entiende que, de acuerdo con la legislación vigente, el valor de las acciones de Galerías Preciados para los socios de Rumasa no podía fijarse hasta que se calculara el precio de los títulos del grupo. Para el resto de los accionistas de los grandes almacenes sí se estableció un precio que, con posteriores modificaciones, fue abonado.

Puesto que el balance definitivo de Rumasa arrojó un saldo negativo de 261.129 millones de pesetas, el valor de sus acciones se fijó en "cero pesetas", tal como establecieron sendas sentencias del Tribunal Supremo fechadas en mayo de 2000 y noviembre del 2004.

Por ello, según el TSJM, "nunca existió un justiprecio" por la participación de Rumasa en Galerías Preciados y, por lo tanto, "no hubo obligación de pago".

El tribunal señala que "carece de objeto" la petición de Ruiz-Mateos de que la tasación sea revisada y concluye que las resoluciones impugnadas "son conformes a derecho y deben ser confirmadas".