El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado sentencia y ha avalado que un funcionario interino en España no tenga derecho a indemnización una vez vence su contrato. Así lo refleja una sentencia publicada este miércoles, que rechaza una demanda remitida por una trabajadora eventual del Ayuntamiento de Madrid, que solicitaba que sus condiciones se equipararan a las de un trabajador del personal laboral del municipio; que sí tienen derecho a dicha indemnización. El TJUE considera que la normativa española no contraviene el derecho comunitario.