Dos nuevas sentencias sobre la asignatura de religión católica que, en esencia, no cambiarán en nada el currículo y la carga lectiva de la asignatura, aunque sí mantienen la tensión entre la administración regional, por un lado, y las diócesis y los profesores de Religión, por el otro. El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha rechazado los recursos que presentaron los obispos y los docentes contra el decreto que elaboró la Junta para aplicar la sentencia del Tribunal Supremo (de 2018) que le obligaba a ofertar la asignatura de Religión en todos los niveles educativos, después de que la Junta la hubiera eliminado del segundo curso de Bachillerato.

A raíz de la sentencia del Alto Tribunal, que imponía extender la asignatura a todos los niveles, pero no valoraba las horas que se debían impartir en cada uno de ellos, la Consejería de Educación redactó un nuevo decreto (decreto 112/2018) que adaptaba las horas de Religión incluyendo la asignatura el segundo curso de Bachillerato. Esa normativa es la que recurrieron las diócesis y los profesores y sobre la que se pronuncia ahora el TSJEx en dos sentencias fechadas el 14 de mayo (con idéntico contenido), en las que desestima los dos recursos contenciosos administrativos y da vía libre para que la Junta mantenga la carga lectiva de la asignatura de Religión en una hora a la semana tanto en Secundaria como en Bachillerato.

«No queda meridianamente claro como debería que una hora es insuficiente para desarrollar el programa didáctico necesario», esgrime el TSJEx en la sentencia, en la que añade además que «lo lógico es entender que la asignatura de religión en el segundo curso de Bachillerato ha de estar en las mismas condiciones que la del primer curso, por lo que «la carga horaria fijada en una hora es la correcta», concluye.

El tribunal extremeño recuerda además que en la sentencia del Supremo de 2018, ya se recordaba que los acuerdos entre el Estado y la Santa Sede no entran al detalle de en qué cursos se debe ofertar la asignatura, ni cuántas hora semanales; y que el Alto Tribunal ya advirtió en su sentencia que no se había demostrado que la carga lectiva asignada (una hora) fuera «irrelevante» o que no permitiera desarrollar el programa didáctico. Junto a eso sostiene también que el Supremo ya se pronunció sobre la asignación de una hora semanal a la asignatura en el sentido de que «no discrimina a la religión católica» y por tanto «la Junta de Extremadura no ha incurrido en infracción».

Reacciones // «No estamos de acuerdo con la interpretación que hace el TSJEx y lo vamos a recurrir al Tribunal Supremo y si es preciso, al de Estrasburgo (El Tribunal Europeo de Derechos Humanos)», señaló tras darse a conocer el fallo Francisco Lamoneda, el abogado de parte los recurrentes, el Arzobispado de Mérida-Badajoz, el Obispado de Coria-Cáceres, el Obispado de Plasencia y el Arzobispado de Toledo. Para el letrado, el recurso que presentó se basaba en que la decisión de la Junta de colocar en segundo de Bachillerato la hora de Religión que previamente le habían quitado al primer curso, «no responde al espíritu de la sentencia del Tribunal Supremo» y que por tanto se debía volver a la carga lectiva anterior a 2016. «Lo lógico sería abrir una mesa de diálogo (con la Junta) para no estar bocados a estar siempre en los tribunales», propuso también.

Por su parte la Asociación de Docentes de Religión de Centros Públicos de Extremadura, remarcó que tiene la «clara intención» de proseguir en la «vía judicial» hasta que las sentencias dictadas sean «firmes y definitivas», y que lo hará «en defensa» del derecho de los padres de los alumnos.

La Consejería de Educación mostró su satisfacción por la decisión del TSJEx, aunque recalcó que en su ánimo «nunca estuvo judicializar la enseñanza». Según señalaron a este diario fuentes de Educación, los fallos del TSJEx y antes del Supremo «han considerado como ajustado a derecho el horario actualmente establecido para la asignatura de religión católica en ESO y Bachillerato en Extremadura. Esto es, una hora semanal en cada uno de los cursos de las dos etapas». La Administración regional entiende que ese horario «no solo es inobjetable jurídicamente», sino que es «muy coherente» con un currículo más ajustado a las necesidades educativas actuales y en línea con regiones como Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cataluña, Galicia o País Vasco.