El Sindicato Profesional de Policía y la Unión Federal de Policía, en consenso con el resto de las acusaciones populares, reclaman seis años de prisión, 22 años de inhabilitación (o 10 si se aprecia que los delitos están relacionados) y multa para el expresidente de la Generalitat Artur Mas, la exvicepresidenta Joana Ortega, y la 'exconsellera' Irene Rigau por su participación en la organización de la consulta soberanista del 9-N. En su escrito, entregado este lunes en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), se les acusa de desobediencia grave, prevaricación y malversación de fondos públicos. Es precisamente por este último delito por el que se piden penas de cárcel.

La Fiscalía Superior de Cataluña, que presentó la semana pasada su escrito de acusación, ha desistido de acusarles del delito de malversación, y solo les imputa desobediencia y prevaricación, reclamando una pena de 10 años de inhabilitación y alternativamente otra en la que se rebajan los años y se incluye una multa.

ESPERAR A LA APERTURA DE JUICIO

Con su escrito, la acción popular pretende ampliar los delitos imputables a los tres encausados, de forma que el juez del TSJC añada el de malversación cuando, tras recibir los escritos de acusación y defensa, dicte el auto de apertura de juicio oral que debe delimitar los hechos a enjuiciar.

Las acusaciones populares sostienen que la consulta del 9-N se llevó a cabo gracias a la utilización de "cuantiosos" fondos públicos que facilitaron la "indispensable" infraestructura para la votación. El coste, inciden, se cifra en 4,7 millones de euros. A esa cantidad, según su escrito, se debe añadir la utilización de los 7.000 ordenadores adquiridos con dinero público. Por estos equipos se pagaron 2,7 millones de euros.

El escrito, además, subraya que los acusados permitieron las actividades de preparación de la consulta y actos vinculados a ella, sin resolver o suspender los contratos aprobados para la celebración de la consulta alternativa, como, por ejemplo, la distribución del material confeccionado para realizarla. En su opinión, el dinero invertido no fue destinado al desarrollo de la función pública, "ni aplicada a un fin lícito", sino que se destinó, "indebidamente", a la celebración de un "acto ilegal" que había sido prohibido por el Tribunal Constitucional días antes.